Tras una discusión de nueve horas, este jueves por la mañana el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 266 votos a favor y 205 en contra el dictamen para la expedición de la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia que abroga la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

El documento fue cuestionado por la oposición que argumentó, para el caso del Presidente, que en realidad se le está protegiendo de la posibilidad de enjuiciarlo, y en cambio, se atenta contra la soberanía de los estados de la Federación.

El coordinador de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez, sostuvo que se da protección especial al Presidente con “estrategias de propaganda”, porque se dice que quieren una ley más fuerte para el desafuero para que la oposición reaccione y digan después que se está protegiendo a los corruptos.

En su participación, el diputado José Elías Lixa (PAN) expuso que con estas reservas se crea un régimen de excepción para la persona que ocupe la Presidencia, pues se genera una protección especial al requerir una votación de dos terceras partes.

“Es un funcionario público protegido por el fuero y lo que proponen es que no sea juzgado como cualquier otro”, puntualizó.

El legislador Jorge Arturo Espadas (PAN) señaló que el Ejecutivo no pude ser tratado con un régimen diferente y expuso que la iniciativa original establecía que todos en el Poder Ejecutivo y Legislativo debían ser separados del encargo, pero en el dictamen final no se incluyó.

El documento, que fue enviado al Senado para su revisión y votación, establece que en los delitos por los que el Presidente de la República podrá ser imputado y juzgado sea “respetando siempre el principio de presunción de inocencia”.

Además, para la aprobación, o la no resolución sobre la probable responsabilidad del titular del Ejecutivo, se requiere de la mayoría calificada; es decir, tendrá que ser por dos terceras partes de los senadores.

Para el caso de funcionarios estatales, el documento establece que “la declaración de procedencia que al efecto dicte la Cámara de Diputados se remitirá a la Legislatura local respectiva, para que en ejercicio de sus atribuciones proceda como corresponda en estricta observancia de lo decretado en definitiva por la Cámara de Diputados”.

 

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