Indemnización por Línea 12
Foto: Archivo Los firmantes del contrato por indemnización se "obligan a cumplirlo en todo cuanto de hecho y derecho corresponda"  

Familiares de las víctimas del siniestro ocurrido en la Línea 12 han comenzado a recibir un documento, preámbulo para que les sea entregada la indemnización correspondiente, en el que se especifica que lo ocurrido fue un “acontecimiento ferroviario“.

En el “contrato”, la clausula séptima especifica que ni los afectados, ni sus abogados, podrán revelar información sobre el acuerdo por ningún medio a ningún tercero, “so pena del pago de daños, perjuicios y demás sanciones legales“.

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En dicho articulo se especifica que la información que se puede divulgar es “aquella que deba considerarse pública, según lo dispuesto por la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública“.

En caso de haber una discrepancia futura, el documento especifica, en su cláusula quinta, que los firmantes (las partes) están “enteramente conformes” con todo lo expuesto y manifiestan que en la celebración del convenio no existe dolo, error, violencia, mala fe o la existencia de algún vicio que pueda “ser causa de cualquier tipo de nulidad del presente instrumento“, por lo que se hace difícil emprender una acción legal futura.

Al final de la clausula del contrato, se lee que las partes se “obligan a cumplirlo en todo cuanto de hecho y derecho corresponda”.

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El 17 de mayo, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAVI) de la Ciudad de México había afirmado que en el transcurso de esa semana comenzaría el pago de la indemnización por parte del Seguro Institucional del Sistema de Transporte Colectivo (STC), Metro.

El monto de indemnización para las victimas será de 650 mil pesos, según ha informado la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum.

FF