Foto: Pixabay La persecución por oficio resulta necesaria en aquellos casos en que, por cuestiones de índole psicológica, la víctima está impedida para presentar una querella  

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad las reformas al Código Penal Federal que establecen que el delito de violencia familiar se persiga de oficio.

Al fundamentar la propuesta que fue enviada al Senado, la diputada Lorena Villavicencio (Morena) explicó que la violencia familiar comprende cuatro elementos: el abandono, el maltrato físico, el psicológico y el sexual.

Detalló que según datos de 2019 del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, hubo más de 238 mil carpetas de investigación relacionadas al delito de violencia familiar, de las cuales 91 de cada 100 víctimas son mujeres y nueve son hombres.

“Tan sólo en el primer cuatrimestre del año pasado hubo un registro de 68 mil casos de violencia familiar, lo cual representó un aumento del 10% en comparación con el mismo período del año anterior”, indicó la legisladora.

El dictamen adiciona un tercer párrafo al artículo 343 Bis del Código Penal, y el argumento es que la ley sólo contempla la persecución de este delito a través de la querella, en la cual es indispensable la voluntad del ofendido para que se ejercite la acción penal.

Tampoco toma en consideración la diversidad de casos que pueden actualizarse como resultado de la comisión del delito, ni los casos en los cuales la violencia psicológica hace que las víctimas sean susceptibles de padecer amenazas, temor o control, lo cual puede imposibilitarlas a ejercer acción penal contra su agresor.

Por ello, la persecución por oficio resulta necesaria en aquellos casos en que, por cuestiones de índole psicológica, la víctima está impedida para presentar una querella.

Actualmente, la legislación sólo contempla la persecución de este delito a través de la querella, en la que es indispensable la voluntad del ofendido para que se promueva y ejercite la acción penal.

LEG