Los cambios a la Ley Federal del Trabajo relacionados al home office o teletrabajo fueron publicados ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF), aunque será hasta dentro de 18 meses cuando el Gobierno genere una Norma Oficial Mexicana que mandate dicha regulación.

Entre los puntos más significativos de la reforma a la Ley, se encuentran que serán los empleadores quienes asuman los costos del teletrabajo, como el recibo de luz y el Internet, y otras tarifas de telecomunicaciones, y los integren al salario de sus trabajadores.

En el documento del DOF se define al teletrabajo como las labores que realiza una persona en un sitio diferente a las instalaciones de su empresa o centro de trabajo.

Además, este concepto integra a las actividades que utilicen tecnologías de información y comunicación.

Por otro lado, serán las empresas quienes tengan la responsabilidad sobre la instalación y mantenimiento a los equipos para que los empleados puedan trabajar desde casa.

Sin embargo, serán los propios empleados quienes deban cuidar y conservar esos equipos, como computadoras o celulares.

La reforma a dicha Ley también incluye “el derecho a la desconexión por parte de los trabajadores”, es decir, que los empleados puedan no participar en juntas, reuniones, correos electrónicos, llamadas telefónicas o mensajes de Whatsapp, fuera de su horario laboral.

Además, se establece en la reforma publicada en el DOF que los empleadores cuiden y resguarden los datos personales de sus trabajadores, con el fin de que se conserve el derecho a su intimidad; además de que quedará prohibido pagarles con menos salario a quienes realicen el home office respecto a los que laboren de manera presencial, lo que iguala las condiciones laborales en las compañías.

 

LEG