La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó del Instituto Nacional Electoral (INE), por el que desechó la queja contra Mario Delgado por presunta promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y adquisición de tiempos en radio y televisión, en el marco de la renovación de la dirigencia nacional de Morena.
Durante la sesión, se informó que Jaime López Vera denunció que la exposición de la imagen del entonces aspirante a la dirigencia nacional del partido Morena, a través de notas informativas y entrevistas en radio, televisión y medios electrónicos, constituía propaganda encubierta como información periodística, con miras a incidir en las preferencias partidistas.
El pasado 24 de noviembre, la Unidad de lo Contencioso Electoral del INE desechó la demanda al considerar que las pruebas aportadas no eran suficientes para iniciar un Procedimiento Especial Sancionador (PES), pues no se corroboró la contratación del espacio informativo por parte del denunciado.
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Ante tal resolución, López Vera impugnó ante la Sala Superior para revocar el acuerdo y se pudiese admitir a trámite un Procedimiento Especial Sancionador; consideró que se violó el debido proceso ya que, según alega, no se analizaron los videos aportados como prueba en los que se advertían infracciones a la normativa electoral.
Por lo que en sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, los magistrados estimaron que los agravios expuestos por el denunciante son inoperantes debido a que no se controvirtieron de manera frontal las determinaciones de la UTCE. Por el contrario, se presentaron afirmaciones genéricas.
La Sala Superior certificó además que la UTCE requirió la información necesaria a las concesionarias como parte del análisis preliminar de las pruebas, a partir de las cuales se concluyó la inexistencia de algún convenio o contrato para la transmisión de la información.
EAM