Foto: Cuartoscuro/ Archivo El juez consideró que las expresiones o respuestas que realice el presidente López Obrador, no son vinculantes para los juzgadores  

El Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa, rechazó prohibirle al presidente Andrés Manuel López Obrador realizar comentarios sobre el empresario Alonso Ancira Elizondo.

El juez Gabriel Regis López, le negó la suspensión provisional al dueño de Altos Hornos de México (AHMSA), quien promovió un juicio de amparo contra las manifestaciones del mandatario que aluden a su persona.

Te puede interesar: AMLO afirma que Ancira lo demandó

De acuerdo con el impartidor de justicia, conceder la medida cautelar con el fin de prohibir cualquier pronunciamiento, manifestación o declaración pública, que sea contrario al derecho de presunción de inocencia del quejoso Alonso Ancira, va contra el derecho a la información.

“Restringe la posibilidad de la sociedad de obtener información, expresar y publicar libremente ideas y hechos sobre temas de relevancia pública, como el que se relaciona con la parte quejosa, ya que se restringe injustificadamente el derecho a la información, así como la posibilidad de la participación activa de la sociedad comprometida e interesada con los asuntos públicos, con la finalidad de observar el comportamiento y a las decisiones de los gobernantes”, expresó.

Te puede interesar: CJF indaga a secretario por el caso Ancira

Agregó que “los daños y perjuicios que pueden generar a la colectividad al restringir la obtención de información a través de las respuestas emitidas por el titular del Ejecutivo Federal en la conferencia de prensa, es superior al que pudiera resentir la parte quejosa”.

El juez consideró que las expresiones o respuestas que realice el presidente López Obrador, no son vinculantes para los juzgadores del Poder Judicial de la Federación, ni para las diversas autoridades en los asuntos de su competencia.

Por lo anterior, no resulta procedente la suspensión para el efecto de que el primer mandatario emita una manifestación pública en la que reconozca abiertamente que el quejoso es inocente a la fecha de cualquier delito que se le impute, hasta que no exista una sentencia definitiva que lo condene.

Con informaciòn de MVS Noticias

cs