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Foto: Cuartoscuro / Archivo Evidencia. La Brigada Animal de la SSC podrá actuar cuando el delito se cometa en flagrancia  

El pleno del Congreso local aprobó el dictamen de la iniciativa que permitirá a policías de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) irrumpir en los domicilios sin orden judicial, para el rescate animales en situación de maltrato.

De esta manera, en el inciso i de la fracción II del artículo 10 BIS de la Ley de protección a los animales de la Ciudad de México, se detalla que la Brigada de Vigilancia Animal (BVA) de la SSC podrá ingresar al domicilio en casos de maltrato y violencia flagrante contra animales.

Los elementos que lleven a cabo el rescate, deberán asegurar la integridad física de los animales y personas que se encuentren en el inmueble.

“Rescatar animales al interior de un domicilio al momento de que se esté cometiendo el delito (…). Quien irrumpa deberá tener datos ciertos, derivados de una percepción directa, siendo determinante la urgencia del hecho, de modo que la intromisión se torne inaplazable, ya sea para evitar la consumación de un ilícito o hacer cesar sus efectos”, señala el documento.

Para evitar abusos dentro de esta disposición, la BVA deberá levantar un acta en presencia de dos testigos y limitarse a atender la posible afectación al animal. Sin embargo, si al momento de ingresar al domicilio se presumiera de la comisión de otros delitos, se deberá proceder conforme a las leyes y proceso correspondiente.

En caso de no haber quien pudiera testificar o quien ocupe el domicilio se negara a proponer sus dos testigos, los policías lo asentarán en el acta.

Finalmente, cabe recordar que esta modificación será enviada a la jefatura de Gobierno para Su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Pictos

Actuación policial

Los elementos deberán percibir la agresión contra la mascota a través de la vista o el oído.

  • Tras el ingreso al domicilio, se buscará proteger la integridad física de la mascota y quienes habiten en el inmueble
  • Se levantará un acta en presencia de dos testigos
  • En caso de presunción de otros delitos, se procederá conforme a las leyes

 

EAM