Foto: Cuartoscuro Se establece que los proveedores de Internet, no serán responsables de acciones de piratería que se produzcan en sus servicios  

En sesión extraordinaria, el Senado de la República, aprobó la creación y modificación a cinco Leyes y un Acuerdo Internacional de Cooperación Medioambiental para armonizar el marco jurídico mexicano al de nuestros socios comerciales del Tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
De esta manera, en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, se fomenta la creación y protección de creaciones artesanales de los pueblos originarios y fortalece al Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI) como la autoridad administrativa en la materia.

 

 

Además, se permite iniciar la elaboración de medicamentos genéricos y la obtención del registro sanitario durante el tiempo de vigencia de una patente, y a partir del primer día de su vencimiento se podrá comercializar.

 

 

La Ley de Infraestructura de la Calidad, obliga al Estado Mexicano a que en un periodo de 180 días las Normas Oficiales Mexicanas se encuentren conformes a las mejores prácticas comerciales contempladas en el T-MEC y adoptadas por los países miembros de la OMC y, crea el Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad.

 

 

En cuanto a la Ley Federal del Derecho de Autor, la reforma no modifica la protección a derechos morales y patrimoniales de las comunidades indígenas, dota a los autores de un marco normativo que asegure que el valor de la creatividad agregada a la cadena productiva tendrá tasas de retorno.

 

 

De esa manera, se armonizan los contenidos de la legislación en materia de autor con el conjunto de tratados administrados por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.

 

“Estas reformas y adiciones responden a las nuevas circunstancias que, de hecho, han generado el uso de las tecnologías de la información y comunicación en términos de la protección de los derechos de autor y conexos”, refirieron los legisladores.

 

 

Explicaron que se incluye un nuevo Capítulo en la Ley, que contiene dispositivos normativos, de protección efectiva, gestión de derechos y sobre los proveedores de servicios de internet.

 

Establece medidas tecnológicas de protección a las obras literarias y artísticas y se privilegia la protección en internet a la obra, el autor, el artista intérprete o ejecutante el fonograma, su productor y respecto del titular de los derechos de los mismos.

 

 

Y se establece que los proveedores de Internet, no serán responsables de acciones de piratería que se produzcan en sus servicios.

Refiere que se impondrá multa de mil hasta 20 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien produzca, reproduzca, fabrique, distribuya, importe, comercialice, arriende, almacene, transporte, ofrezca o ponga a disposición del público, ofrezca al público o proporcione servicios o realice cualquier otro acto que permita tener dispositivos, mecanismos, productos, componentes o sistemas que eludan la protección efectiva de las obras.

 

También se aplicará multa de mil hasta 10 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien eluda una medida tecnológica de protección efectiva que controle el acceso a una obra, interpretación o ejecución, o fonograma protegido por esta Ley.

 

El proyecto contempla multa de mil hasta 20 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización al Proveedor de Servicios en Línea que no remueva, retire, elimine o inhabilite el acceso de forma expedita al contenido que ha sido objeto de un aviso por parte del titular del derecho de autor o derecho conexo.

 

 

Al respecto, la oposición advirtió que esta Ley pudiera atentar contra la libertad de expresión, al permitir que se puedan eliminar contenidos en internet que no tengan derechos de autor.

 

 

En la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, los senadores aprobaron la implementación de un número de identificación comercial (NICo) mediante un quinto par de dígitos que facilite el comercio y permita contar con datos estadísticos más precisos, para identificación de mercancías

 

 

Asimismo, se actualiza la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE) y se eliminan las fracciones obsoletas y que tienen bajo o nulo flujo comercial.

 

 

La propuesta busca incorporar un esquema que, respetando cabalmente las atribuciones del Congreso de la Unión y del Titular del Ejecutivo Federal en materia de aumento, disminución y supresión de aranceles, faculte a la Secretaría de Economía para publicar los números de las fracciones arancelarias, es decir, el impuesto que debe pagar un producto al ingresar al extranjero, con el objetivo de permitir una identificación más precisa de las mercancías.

En cuanto a las reformas hechas al Código Penal Federal, en materia de delitos contra la propiedad intelectual en medios electrónicos, satelitales y cable, se busca combatir la piratería.

 

 

Ante ello, acordaron incorporar sanciones de seis meses a dos años de prisión y de 300 a 3 mil días multa, a quien sin derecho reciba o distribuya una señal de satélite, originalmente codificada y cifrada, portadora de programas, y que a sabiendas que fue decodificada sin la autorización del distribuidor legal de la señal.

 

En cuanto a los delitos en materia de derechos de autor, se añadieron penas de prisión de seis meses a cuatro años y de 300 a 3 mil días multa a quien fabrique, importe, venda o arriende un dispositivo o sistema para descifrar una señal de satélite cifrada, portadora de programas, sin autorización del distribuidor legítimo de dicha señal.

 

Asimismo, a quien fabrique o distribuya equipo destinado a la recepción de una señal de cable encriptada portadora de programas, sin autorización del distribuidor legítimo; a quien reciba o asista a otro a recibir dicha señal.

 

También, se acordaron penas de cuatro a diez años de cárcel y de 500 a mil días multa para quienes, con fines de lucro, eludan sin autorización cualquier medida tecnológica de protección efectiva que utilicen los productores de fonogramas, artistas, intérpretes o ejecutantes, así como autores de cualquier obra protegida por derechos de autor o derechos conexos.

 

Las leyes fueron remitidos a la Cámara de Diputados donde este martes se discutirán y en su caso aprobarán en un período extraordinario de sesiones. Mientras que el acuerdo internacional de cooperación medioambiental, fue remitido al Ejecutivo.

 

DAMG