Foto: Archivo 24 Horas Durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria, el pleno estará facultado para emitir documentos electrónicos oficiales, con la utilización de las herramientas tecnológicas disponibles  

Durante el tiempo que duren las medidas de aislamiento determinadas por las autoridades sanitarias ante la pandemia de Covid-19, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, llevará a cabo sus sesiones a distancia.

De acuerdo con el reglamento aprobado en su sesión de instalación, los legisladores harán uso de las tecnologías de la información y comunicación asociadas al Internet para poder cumplir con su responsabilidad.

Aclara que este tipo de sesiones se realizarán para la presentación de asuntos que no requieran discusión ni votación y se transmitirán por el Canal del Congreso y a través de las redes oficiales del Senado de la República.

También, precisa que el proceso parlamentario para la convocatoria del Congreso o de una sola cámara a sesiones extraordinarias, así como el relativo a cualquier asunto que requiera de la deliberación y la votación de la Comisión Permanente, se realizará únicamente en sesiones plenarias presenciales.

Para las sesiones a distancia, la Presidencia de la Mesa Directiva publicará en la Gaceta el citatorio dirigido a sus integrantes, donde se señale el día, hora y plataforma digital de comunicación remota por la cual se llevarán a cabo.
Adicionalmente, remitirá dicho citatorio a través del correo electrónico institucional y, en su caso, por aplicación de mensajería instantánea (Whatsapp), a través del número telefónico que las y los legisladores hayan señalado para tales efectos.

“Las sesiones a distancia se realizarán con el apoyo de las herramientas tecnológicas, considerando el estado de funcionamiento en que se encuentren, las cuales no están exentas de fallas técnicas, por lo que se apela a la buena fe y tolerancia de las y los legisladores que participen en los trabajos plenarios desarrollados bajo esta modalidad”, se señala en el acuerdo.

Se establece que la Comisión Permanente podrá celebrar sus sesiones de manera presencial en el Salón de Plenos del Senado de la República, preferentemente los días miércoles de cada semana y que la Presidencia de la Mesa Directiva previo acuerdo con los representantes de los grupos parlamentarias, convocará los días que estime necesario.

La Mesa Directiva propiciará las condiciones necesarias para que la sesión se desarrolle con todas las medidas que permitan inhibir el riesgo de contagio de quienes participen en ella.

Quedarán exentas de acudir a las instalaciones de dicho órgano legislativo mujeres embarazadas o en lactancia, madres con hijos menores de 5 años, personas mayores a 65 años y aquellas con factores de riesgo.

Resalta que en ningún momento de la sesión podrá haber más de 50 personas en el pleno. En caso de ocurrir lo anterior, la Presidencia hará los avisos correspondientes.

Durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria, el pleno estará facultado para emitir documentos electrónicos oficiales, con la utilización de las herramientas tecnológicas disponibles, los cuales tendrán plena validez legal.

En caso de que a la fecha de conclusión del Segundo Receso permanezca la emergencia sanitaria, la Presidencia podrá declarar la clausura de los trabajos de la Comisión Permanente a través de oficio, lo cual será comunicado al titular del Poder Ejecutivo Federal, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a las cámaras del Congreso de la Unión.

El acuerdo parlamentario también establece las reglas básicas para la conformación del Orden del Día y los debates que se realicen en el pleno, desarrollo de las reuniones presenciales y a distancia de la Mesa Directiva y la conformación del Orden del Día de sus reuniones.