Foto: Gabriela Esquivel Sólo los policías de Tránsito podrán multar por no respetar el Hoy No Circula durante la emergencia sanitaria  

En el primer día del Hoy No Circula extendido por Covid-19, en donde el programa aplica para todos los hologramas, la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) reportó 120 apercibimientos, y 36 vehículos remitidos al corralón.

 

En los 84 casos, que se permitió continuar su tránsito, fueron ciudadanos pertenecientes al sector salud o comprobaron ser taxistas.

 

La SSC señaló que en caso de no acatar esta medida el conductor será acreedor a las sanciones previstas en el artículo 47 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, así como a lo dispuesto en el numeral 13.10 del Aviso del Programa de Verificación vehicular obligatoria para el primer semestre del año 2020.

 

Cabe señalar que, sólo los policías de Tránsito podrán multar por no respetar el Hoy No Circula durante la emergencia sanitaria.

 

Entre las sanciones destacan multas que van de 20 a 30 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, así como la remisión del vehículo al Depósito Vehicular, la cual, en su caso, se llevará a cabo únicamente por indicación y validación por parte de mandos medios y superiores de la Policía de Control de Tránsito, aunque si se paga con el primer descuento la multa será de $868.

 

Cabe recordar que la jefa de Gobiermo de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, informó que partir de este jueves 23 de abril el programa Hoy No Circula es obligatorio para todos los hologramas.

 

Por lo que con esta medida se deberá reducir la circulación de vehículos automotores en calles de la capital del país y zonas conurbadas, para lo cual agentes de tránsito de la SSC realizarán recorridos de supervisión con el objetivo de hacer cumplir las disposiciones determinadas por el Gobierno de la Ciudad de México.

 

En esta aplicación del Programa Hoy No Circula Extendido, todos los vehículos, sin importar su holograma estarán limitados a la circulación, incluyendo los hologramas “0” y “00”, solamente podrán hacerlo sin restricción los vehículos de transporte público individual de pasajeros (Taxis), transporte de carga, vehículos con placas para personas con discapacidad y vehículos conducidos por personal médico y trabajadores de la salud, que así lo acrediten.

 

Las medidas persiguen incentivar una reducción en la movilización de personas que no sea estrictamente necesaria, para que prescindan de salir de sus domicilios si no realizan actividades sustanciales y con ello evitar exponer su salud y la de su familias.

 

 

 

fahl