El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México (DIF-CDMX) dio a conocer que existe un expediente del caso de la familia de apellidos Anton Fernández, residente en Xochimilco, en noviembre del 2015; y otro en julio de 2017, en el último se reportó descuido y negligencia generado por la progenitora y padrastro, en ambos Fátima, la niña que murió ayer es víctima.

 

Dicho reporte de 2015 fue interpuesto por un cercano a la familia, en el mismo refieren problemas en el círculo familiar, descuido y maltrato emocional hacia un niño y dos niñas, una de ellas de iniciales F.C.A.A., que entonces tenía dos años de edad.

 

El DIF detalló mediante una tarjeta informativa que en noviembre de 2015, un trabajador social del DIF de la Ciudad de México, asistió al domicilio localizando a la señora M.M.A.F., quien informó que estaba siendo atendida por una trabajadora social del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF Nacional).

 

Cabe señalar que el nombre de la madre de Fátima Cecilia Aldrighetti Antón , es María Magdalena Antón Fernandez.

 

Después de esta revisión se anexó al expediente una copia del citatorio de DIF Nacional.

 

Por lo que en el mismo mes, un trabajador social del DIF de la Ciudad de México, corroboró que la madre de familia era atendida por una trabajadora social del DIF Nacional, quien admitió tener el mismo reporte de maltrato, realizando intervención social.

 

En febrero de 2016 el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México da por concluido el expediente.

 

En julio de 2017, se recibió una llamada telefónica en el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, de quien dijo llamarse S.I.L.F. y ser tía de la niña F.C.A.A, de 4 años de edad, señalando que existía descuido y negligencia generado por la progenitora y padrastro, y solicitó orientación para el proceso de guarda y custodia de sus sobrinos, mismo que se le proporcionó, posterior a esa fecha no se tiene ninguna interacción con la solicitante.

 

DAMG