El día de hoy se resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 66/2018, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) demandando la inconstitucionalidad del artículo 36, fracción II, inciso h) de la Ley que regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de Baja California, que establece, que será información reservada las grabaciones de audio y video que utilice la fuerza pública y planeación de operativos, desde su inicio y hasta su conclusión.

 

El pleno de la Suprema Corte de Justicia desestimó la acción de inconstitucionalidad al no alcanzar los 8 votos; ya que solo 6 Ministros (las Ministras Norma Lucía Piña Hernández y Margarita Ríos Farjat; y los Ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Luis María Aguilar Morales, Alberto Gelacio Pérez Dayán y Juan Luis González Alcántara Carrancá) consideraron que la información no debe ser reservada, y 5 Ministros (la Ministra Yasmin Esquivel Mossa y los Ministros José Fernando Franco González-Salas, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Javier Laynez Potisek y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea) votaron porque divulgar la información compromete la seguridad pública por el riesgo de que se difundan los mecanismos tácticos que se aplican para combatir la delincuencia y que la reserva no era absoluta al remitir a la ley de transparencia local.

 

DAMG