La Suprema Corte de Justicia de la Nación le resolvió un dolor de cabeza a López Obrador.

Desde su llegada al poder, el Gobierno encabezado por el tabasqueño había deslizado la posibilidad de incrementar la edad de jubilación de 65 a 67 años, en el caso de los hombres, y de 60 a 62 en el caso de las mujeres.

En la Cámara de Diputados el asunto se discutió pero no alcanzó la forma de una iniciativa.

El objetivo era despresurizar el asunto de las pensiones que desde la reforma del IMSS que encabezó Genaro Borrego en la presidencia del Ernesto Zedillo, en 1997, amenazaba la existencia del Seguro Social.

La reforma se hizo; se crearon las Administradoras de Fondos para el Retiro, (Afores), copia del sistema de pensiones chileno que entonces ya iba de salida.

Se derogó la ley del IMSS, redactada en 1973, y se promulgó una nueva, ya con el sistema de pensiones nuevo como su eje.

Este nuevo sistema ciertamente despresurizaba las finanzas del Seguro Social y dejaba a elección del trabajador que comenzó a cotizar antes de 1997, elegir al momento de su jubilación optar por “la ley de 1973’’ o financiar su pensión con los fondos acumulados en su Afore.

Después de la reforma de 1997, las finanzas del IMSS mejoraron pero no sanaron definitivamente, a tal grado, que en el sexenio pasado hubo una reingeniería financiera para garantizarle recursos hasta el 2024.

El problema eterno del “Seguro’’, como se conoce, además de haber sido utilizado como caja chica del Gobierno -corrupción, pues-, es que cada año aumentan sus requerimientos financieros mientras que sus aportantes -trabajadores y empleados-, se reduce.

En esas estábamos cuando apareció la Suprema Corte.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver una contradicción de tesis entre tribunales federales, emitió una tesis de jurisprudencia -2a./J. 85/2010- en la que establece la generación de transición -es decir, los que podían decidir entre dos esquemas-, no podrán jubilarse con una cantidad mayor al equivalente a diez salarios mínimos vigentes en la CDMX.

La ley del IMSS de 1997 establece 25 salarios como tope, pero eso se puede ir a la basura.

Si usted tiene 50 años y podía escoger entre ambos esquemas, recibirá un tercio de lo que tenía calculado.

La Corte resolvió que, si optaba por jubilarse con la ley de 1973, tiene que aplicarse esa ley -derogada en junio de 1997-, que establecía el tope de 10 salarios y no el de 25, que establece la ley que dio origen a las Afores.

No se ha calculado bien a bien cuántos millones de trabajadores seremos afectados por esta decisión- entre 9 y 14 millones-, pero sí se pueden adelantar los efectos a largo plazo:

Seremos un país de viejos, enfermos…y pobres.

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Las Redes Sociales Progresistas (RSP) será la primera agrupación política en completar todos los pasos para constituirse en partido político.

En los próximos días se realizará una Asamblea Nacional para redactar los estatutos de la asociación.

La incógnita es si en ese evento reaparecerá Elba Esther Gordillo, quien es la mano detrás del movimiento.

Ya hasta el secretario de Educación, Esteban Moctezuma, declaró que no existe impedimento legal para que la maestra pueda competir por la dirigencia del SNTE.

Y si puede eso, ¿qué le impide amadrinar otro partido político?