El Partido Movimiento Regeneración Nacional (MORENA) en la Ciudad de México deberá informar cuál es el monto económico que paga por asesorías contables, administrativas y financieras, así como los datos de la persona o los proveedores de esos servicios, ordenó el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO).

En Sesión Ordinaria, las y los Comisionados Ciudadanos aprobaron por unanimidad de votos el proyecto de resolución a cargo de la Ponencia de la Comisionada Ciudadana María del Carmen Nava Polina en el que una persona solicitante pidió al Comité Ejecutivo Estatal de MORENA información sobre cuánto gastan por ser asesorados en las materias citadas, los currículums de quienes prestan el servicio, o si se trata de una persona moral, el acta constitutiva de la empresa.

MORENA respondió que no podía atender la solicitud de información ya que no eran claras las preguntas y presentó un recurso de revisión ante el INFO en el que argumentó que no se había dado el trámite correcto a sus requerimientos.

El organismo admitido el recurso el cual fue turnado a la ponencia de la comisionada ciudadana María del Carmen Nava Polina, la cual realizó el análisis y verificó que el organismo político cuenta con una Secretaría de Finanzas la cual tiene facultades para contratar a proveedores de bienes y servicios que cumplan con los requisitos establecidos por el Instituto Electoral de la Ciudad de México; por lo tanto, pueden adquirir los servicios de personas físicas o morales para que le brinden asesorías.

Tras realizar el estudio, la Ponencia propuso y el Pleno aprobó que MORENA turne la solicitud a su Secretaría de Finanzas para que informen sobre cuánto gastan en asesorías contables, administrativas y financieras, así como los datos de la o el proveedor de esos servicios.

Durante la Sesión Ordinaria, la Comisionada Ponente María del Carmen Nava Polina recordó que en su artículo 203, la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México señala que cuando la solicitud no fuese clara, el Sujeto Obligado deberá requerir a la persona solicitante una precisión sobre lo que pide.