La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) emitió esa tarde una nota informativa en la que explica que la libertad de expresión de los asilados, como es el caso del ex presidente boliviano Evo Morales, no está sujeta a mayores limitaciones que las que tendría el cualquier ciudadano mexicano.

La cancillería indicó que ante los posibles señalamientos porque las expresiones de Morales sean violatorias del Tratado sobre asilo y refugio político de Montevideo (1939) , estableció que “incluso si existiera conflicto entre las disposiciones, el Artículo 1 constitucional obliga a que las normas se interpretan favoreciendo en todo tiempo la protección más alta de las personas (principio pro-persona)”.

“El derecho de libertad de expresión está garantizado por el artículo 6 Constitucional así como el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969), ninguno de los cuales hace distinción entre ciudadanos y extranjeros, ni tampoco sobre la condición bajo la que se encuentran estos en el país”.

“En el mismo sentido que la legislación nacional y la Convención Americana, la Convención sobre Asilo Territorial (México es parte desde 1982) – en su artículo VII- señala que no se puede coartar la libertad de expresión de los asilados y que dicho derecho no puede ser motivo de reclamación por otro Estado basándose en conceptos que contra éste o su gobierno expresen públicamente los asilados o refugiados”, concluye la dependencia.

Ayer, el boliviano citó a conferencia de prensa en la Ciudad de México y se lanzó contra la Organización de los Estados Americanos (OEA), e hizo un llamado al diálogo en su país, además de que estaría dispuesto a regresar a su Nación para intentar pacificarla.

 

DAMG