Foto: Cuartoscuro Lo anterior porque –recordó– la Constitución de 1824 se estableció que el Presidente podía ser juzgado como cualquier ciudadano  

Con 420 votos a favor, que le dio la mayoría calificada, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación a los artículos 108 y 111 de la Constitución para retirarle el fuero al Presidente de la República.

 

Con dicho cambio, éste podrá ser juzgado no sólo por traición a la patria, sino también por delitos electorales, corrupción o cualquiera que se encuentre enlistado en el artículo 19 constitucional.

 

La diputada Claudia Reyes (PRD) dijo que el incremento en el número de delitos no tiene impacto real alguno si no se cambia el procedimiento para determinar su responsabilidad.

 

“Mientras el procedimiento en contra del Presidente dependa de una mayoría en el Congreso y no de una potestad, de una fiscalía autónoma, no tiene ninguna posibilidad de llevarse a cabo”, expuso.

 

En tanto, Andrés Manuel López Obrador dijo que “llevamos casi dos siglos en que se le da impunidad al Presidente, que no puede ser juzgado, que tiene fuero. Si hoy aprueba la Cámara de Diputados la reforma al 108 constitucional, va a ser algo verdaderamente histórico”.

 

Lo anterior porque –recordó– la Constitución de 1824 se estableció que el Presidente podía ser juzgado como cualquier ciudadano, pero en la de 1917 se dejó únicamente traición a la patria.

 

 

… Y EN EL ÁMBITO LABORAL

 

 

El pleno de la Cámara baja también aprobó las reformas a la Ley Federal del Trabajo con las que sustituyen las juntas locales y federales de Conciliación y Arbitraje por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

 

El diputado Isaías González Cuevas (PRI) indicó que este centro será un instrumento con las facultades necesarias para conciliar los conflictos individuales y colectivos laborales.

 

Ambos dictámenes fueron turnados al Senado para su revisión, y eventual aprobación o modificación.

 

 

 

jhs