Foto: Especial Establece que toda semilla, planta o plantación de cannabis no registrada y, por ende, no autorizada por el Estado, se considerará ilícita  

De último momento, la Junta de Coordinación Política del Senado (Jucopo) del Senado determinó atraer el anteproyecto de Ley General para regular y controlar la cannabis para uso lúdico, medicinal y de investigación , el cual propone incrementar de cinco a 28 gramos la portación de Cannabis Sativa, Indica o Mariguana para uso personal.

De acuerdo con el presidente de la Jucopo, Ricardo Monreal, ya no será esta semana cuando se lleve al pleno la iniciativa, a pesar de estar en falta con la Corte por no legislar en la materia.

“Porque alrededor de ella se han desatado muchos intereses económicos y sociales y quisiera hacer bien las cosas, entonces no va a salir esta semana”, declaró.

En el anteproyecto se establece que el Estado, por conducto de lo que sería el Instituto Mexicano del Cannabis tendrá el control y la regulación de todos los actos inmersos en la nueva ley.

Como “medida de justicia social que busca resarcir los daños generados por la prohibición”, durante un período no menor a cinco años posteriores a la entrada en vigor de Decreto, al menos 20% de las licencias de cultivo deberán otorgarse preferentemente a campesinos o ejidos en los municipios en los que estuvo prohibido la cannabis, y donde los Gobiernos federales, estatales y municipales hayan realizado tareas de erradicación de plantíos de éste.

Además, el instituto “coordinará la transición del mercado irregular hacia su legalidad, coadyuvando a obtener la paz en el territorio nacional”.

Establece la regulación de la mariguana para uso lúdico o recreativo, en el que se permite a las personas mayores de edad fumar cannabis en espacios privados.

Para el caso de que en el domicilio o casa habitación residan más de cinco mayores de edad y con capacidad de ejercicio, podrán tener máximo 20 plantas.

Mientras que las Asociaciones de consumo de la cannabis psicoactiva, podrán cultivar, cosechar, aprovechar y preparar hasta por un máximo de 4 plantas al año.

También se propone la creación del Instituto Mexicano del Cannabis, como un organismo descentralizado sectorizado a la Secretaría de Gobernación, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

Establece que toda semilla, planta o plantación de cannabis no registrada y, por ende, no autorizada por el Estado, se considerará ilícita.

Además, queda prohibido fumar o inhalar productos o derivados de cannabis en todo establecimiento comercial con acceso público y en todo lugar donde esté prohibido el uso de tabaco.

EN EL TINTERO. Éstas son algunas de las iniciativas:

Olga Sánchez Cordero. Propone la creación del Instituto Mexicano de Regulación y Control de Cannabis y prohibe comercializar, distribuir, donar, regalar, vender y suministrar productos de cannabis para uso adulto a menores de edad.

Mario Delgado. Propone la creación de la Comisión Nacional para el Control del Cannabis y señala que cada persona podrá sembrar, cultivar, cosechar y poseer hasta un máximo de seis plantas de cannabis.

Ex senadora Angélica de la Peña. Plantea la creación de clubes de consumo recreativo de cannabis, regularizados por la Secretaría de Salud.

Iniciativa de MC. Obliga a la Secretaría de Salud de diseñar y ejecutar políticas públicas que regulen además del uso medicinal, el uso lúdico o recreativo de la cannabis.

Miguel Ángel Osorio Chong y Manuel Añorve. Permite el uso lúdico o recreativo y de consumo personal y prohíbe comercialización. Propone incrementar de 5 a 28 gramos la dosis para consumo personal inmediato.

Sen. Cora Cecilia Pinedo (PT). Propone la creación de la Ley General de Regulación de la Cannabis con fines de Autoconsumo y para Uso Médico, Científico, Terapéutico y Cosmético.

Sen. José Narro (Morena). Establece lineamientos generales para la regulación del cannabis en su siembra, cultivo, cosecha, producción, etiquetado, empaquetado, promoción, publicidad, patrocinio, transporte, distribución, comercialización y venta; garantizar el derecho a pacientes con enfermedades de difícil tratamiento que puedan acceder a productos tópicos e ingeribles de marihuana.

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