El Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX) deberá proporcionar a una persona solicitante los comprobantes de pago de agua que ha realizado la Asociación de Concesionarios del Club Hípico de la Ciudad de México, A.C. por la utilización del predio ubicado en la 3ª Sección del Bosque de Chapultepec, determinó el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO).

 

Con base en el proyecto de resolución que estuvo a cargo de la Ponencia de la Comisionada Ciudadana, María del Carmen Nava Polina, las y los Comisionados Ciudadanos del INFO resolvieron un recurso de revisión interpuesto por una persona quien pidió al Sujeto Obligado los comprobantes de pago por el uso del vital líquido que ha hecho el Club Hípico desde 2011 hasta la fecha de la solicitud.

 

En respuesta, SACMEX manifestó que cada que se realiza un pago por los derechos de suministro de agua, se entrega un comprobante por los pagos realizados, “por lo cual no se puede proporcionar el comprobante de pago solicitado”.

 

Asimismo, orientó a la persona solicitante para que acudiera a la Oficina de Atención al Público correspondiente a su domicilio, para que realice el trámite denominado “Certificación de pago”, cuyos requisitos pueden ser consultados en la página de internet www.tramitescdmx.gob.mx.

 

La persona peticionaria se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INFO, bajo el argumento de que el Sujeto Obligado le negó la información de los comprobantes de pago de un terreno que está en el Bosque de Chapultepec, predio que es propiedad del Gobierno de la Ciudad de México.

 

Tras admitir el recurso de revisión en el INFO, la Ponencia de la Comisionada Ciudadana María del Carmen Nava Polina analizó el caso y determinó que se trata de información de carácter público, por lo que se debe dar cuenta de los pagos de agua de un predio que es propiedad del Gobierno de la Ciudad de México.

 

Durante la Sesión Ordinaria del Pleno, la Comisionada Nava indicó que en 2013 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaría del Medio Ambiente, es el que debe ejercer la administración de la concesión del Club Hípico, y no la delegación Miguel Hidalgo. Ello, debido a que se trata de un Área de Valor Ambiental (AVA).

 

Enfatizó que a ello se suma el hecho de que un decreto de 2013 determinó que el Bosque de Chapultepec, dentro del cual se encuentra el Club Hípico, se declaró AVA. Y para que un particular pueda tener el Permiso Administrativo Temporal Revocable, según la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, debe estar al corriente de sus pagos.

 

“En suma, el terreno en cuestión corresponde a un predio público que es propiedad del Gobierno de la Ciudad de México, y en ese sentido, es de relevancia pública que se tenga esta información y que sea proporcionada por SACMEX”, añadió.

 

Por lo anterior, las y los Comisionados del Pleno aprobaron revocar la respuesta del Sistema de Aguas para que entregue la información que solicitó la persona recurrente y en caso de que contenga datos confidenciales, entregue una versión pública.

 

DAMG