Senadores de Morena, PAN y PT plantearon que será la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que resuelva las modificaciones hechas por el Congreso de Baja California para ampliar de dos a cinco años el mandato del próximo gobernador de extracción morenista, Jaime Bonilla.

El presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Ricardo Monreal, aseguró que la Corte tendrá la última palabra y el Senado actuará como parte coadyuvante, a través de una actitud prudente.

Destacó que una vez que se interpongan los recursos jurisdiccionales, se acompañarán los mismos y en su momento expresarán, como órgano legislativo, los alegatos para cuidar el Pacto Federal, respetar la Constitución y establecer una relación armónica con esa entidad federativa sin que se vulnere la voluntad popular.

La senadora del PT por Baja California, Alejandra León Gastélum, anunció que ya solicitó al presidente del Senado, Martí Batres, un pronunciamiento oficial sobre el tema y se contemple la presentación de una acción de inconstitucionalidad, además de la disolución de Poderes en esa entidad.

“Bajo estas modificaciones inconstitucionalidades tomará posesión el gobernador electo, Jaime Bonilla, creo que tenemos todas las facultades al ser un gobernador ilegítimo, inconstitucional, de disolver el Gobierno Ejecutivo del estado de Baja California, tomando posesión el gobernador electo, Jaime Bonilla”, declaró.

En tanto, el senador del PAN, Damián Zepeda, lamentó el silencio presidencial sobre el tema y pidió analizar las vías para evitar que se apliquen las reformas y castigar a los involucrados, “incluyendo a Bonilla, que es el que lo ha estado impulsando”, por lo que consideró que el juicio político es una de las opciones que deberán estar sobre la mesa.

Advierten Caos

El también panista, Antonio Martín del Campo, consideró que el gobernador electo, Jaime Bonilla, intentó aprobarse un paquete de impunidad vía el Congreso local, “acomodando las fichas a su conveniencia”.

No obstante, confió en que no se llegue al extremo de la desaparición de Poderes, sino a que la Suprema Corte defina la situación a través de una acción de inconstitucionalidad.

En este contexto, el ex priista Amador Rodríguez Lozano, propuesto por Bonilla como próximo secretario de Gobierno de Baja California, descalificó a los críticos de la reforma que amplía su Gobierno y consideró que Cuauhtémoc Cárdenas y Porfirio Muñoz Ledo opinan de forma irresponsable.

Mientras que el senador de MC, Samuel García, lanzó una advertencia al señalar que si no se revierte el tema de Baja California, el Congreso de Nuevo León haría modificaciones para salirse del Pacto fiscal.

Sin condiciones para desaparición de Poderes, experto

Para los analistas políticos no existen condiciones para declarar la desaparición de Poderes en Baja California como propuso el presidente de la Cámara de Diputados, Porfirio Muñoz Ledo, ante las reformas hechas por el Congreso local, que permiten incrementar el período de Gobierno del mandatario electo, Jaime Bonilla, de dos a cinco años.

Edgar Ortiz Arellano, politólogo y catedrático de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), señaló que si bien no existen causales para declarar la desaparición de Poderes porque no hay un estado de emergencia y los tres Poderes locales funcionan bien, sí es grave la reforma realizada por los diputados locales.

“Es grave y peligroso para la democracia en México porque suponiendo que prospere la norma, estaríamos dando pie para que los congresos locales y el Congreso de la Unión se salten los procesos electorales y con eso prolonga períodos de los poderes ejecutivos”.

Lo que dice la Ley:

Constitución

Artículo 76, fracción V. Establece como facultad exclusiva del Senado: Declarar, cuando hayan desaparecido todos los poderes constitucionales de una entidad federativa, que es llegado el caso de nombrarle un titular del poder ejecutivo provisional, quien convocará a elecciones conforme a las leyes constitucionales de la entidad federativa.

Reglamento del Senado de la República

Artículo 230, fracción V. Señala como facultad exclusiva Realizar, en su caso, la declaratoria sobre la desaparición de poderes constitucionales de un Estado;

Fracción VI. Resolver las cuestiones políticas que surjan entre los poderes de un Estado;

Artículo 232. El Senado ejerce las facultades exclusivas que le confieren los artículos 76, 77 y demás relativos de la Constitución y las leyes, mediante decretos, resoluciones o acuerdos y previa solicitud, propuesta o comunicación que presentan los sujetos constitucional y legalmente facultados para ello.

Artículo 250. Cuando el Senado ejerce la facultad que le otorga la fracción V del artículo 76 constitucional, el procedimiento y plazos relativos son los establecidos por la Ley Reglamentaria de dicho ordenamiento y, en lo no previsto, por la Ley y este Reglamento.

Artículo 251. En los supuestos que señala la fracción VI del artículo 76 de la Constitución, la intervención del Senado se sujeta a lo que dispone la legislación correspondiente.

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