foto: cuartoscuro/archivo contar con título profesional de licenciado en derecho, con antigüedad mínima de 10 años; gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso  

El pleno del Senado de la República aprobó un acuerdo mediante el cual se emite la convocatoria y se determina el procedimiento para elegir al Fiscal General de la República.

 

En el marco de la sesión ordinaria que concluyó la madrugada de este viernes, se avaló dicha convocatoria que señala que los interesados deberán cubrir los siguientes requisitos: ser mexicanos por nacimiento, tener 35 años cumplidos el día de la designación.

 

Asimismo contar con título profesional de licenciado en derecho, con antigüedad mínima de 10 años; gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso.

 

Los aspirantes deberán presentar carta en la que manifiesten voluntad expresa de participar en el proceso de selección, currículum, un ensayo sobre los fenómenos delictivos que afectan al país; los elementos del plan de persecución penal que propondrían y cómo usar el marco normativo de la fiscalía para enfrentar los fenómenos delictivos.

 

En caso de que su candidatura sea respaldada por alguna universidad, instituto de investigación, asociación u organización de la sociedad civil deberá adjuntar el escrito que lo acredite.

 

Cerrado el plazo de inscripción de aspirantes a Fiscal General, la Comisión de Justicia analizará la información y remitirá a la Junta de Coordinación Política (Jucopo) el listado de quienes reúnan los requisitos de elegibilidad.

 

La convocatoria añade que la Junta de Coordinación Política elegirá de esa lista a 10 personas, que se someterán a votación del pleno. Si alcanza mayoría calificada se turnará al Presidente de la República, para que de dicho listado, en un plazo de 10 días, elija la terna que propondrá al Senado.

 

Con base en esa terna y previa comparecencia de los candidatos a fiscal, se someterá a votación del pleno.

 

De acuerdo a la convocatoria, el fiscal deberá ser avalado por dos terceras partes de los senadores presentes, en un plazo máximo de 10 días hábiles siguientes a la recepción de la terna. Finalmente rendirá protesta en la misma sesión en que sea electo.

 

TFA