Foto: Especial Con los cambios a los artículos 38, 61, 110, 111, 112 y 114, los funcionarios públicos podrán ser sujetos a proceso penal en libertad y privados de ésta para compurgación  

La comisión de Puntos Constitucionales aprobó por unanimidad en lo general, y por mayoría en lo particular (22 votos a favor y dos abstenciones), el dictamen que reforma y adiciona seis artículos de la Constitución Política para cambiar las reglas de inmunidad de los altos servidores públicos.

Con los cambios a los artículos 38, 61, 110, 111, 112 y 114, los funcionarios públicos podrán ser sujetos a proceso penal en libertad y privados de ésta para compurgación de la pena cuando exista sentencia condenatoria de un juez que cause ejecutoria.

En el dictamen, que se entregará a la Mesa Directiva para su posterior presentación ante el pleno, se destaca que la figura del fuero es “uno de los privilegios que mayor desconfianza y recelo provocan entre los ciudadanos, pues dotan a los servidores públicos de inmunidad procesal”.

El texto aclara que la inmunidad procesal no es una “excluyente de responsabilidades, civiles o penales, que recaiga en parlamentarios que cometan alguna ilegalidad, sino de una autonomía frente al resto de los Poderes”.

La regulación establece que se busca eliminar el fuero de los altos funcionarios –pues ha sido un mecanismo que en los hechos favorece la impunidad–, pero sin favorecer la persecución política de los propios servidores y el riesgo que pudiera acarrear en la estabilidad de la función que desempeñan.

LEG