FOTO: cuartoscuro/archivo Al no haber sido publicada por el titular del Ejecutivo, es responsabilidad del presidente de la Cámara de origen, su publicación  

Vencido el plazo para que el Ejecutivo Federal ordenara la publicación de la Ley Federal de Remuneraciones de Servidores Públicos, el presidente del Senado de la República, Martí Batres, ordenó en los primeros minutos de ayer miércoles, la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

“Al no ser publicada por el Poder Ejecutivo, le corresponde al Senado de la República su publicación y, en todo caso, el presidente del Senado, que es el presidente de la Cámara de origen en relación con esta legislación, ha ordenado su publicación”, declaró Martí Batres.

Explicó que dicha ley, que regula los artículos 75 y 127 de la Constitución para que ningún servidor público gane más que el Presidente de la República, incluidos los ex Presidentes, se aprobó el pasado 13 de septiembre.

El poder Ejecutivo la dio por recibida el 20 de septiembre y a partir de ese momento, transcurrieron los 30 días para que el Ejecutivo Federal hiciera observaciones en caso de tenerlas, y del 20 al 30 de octubre, transcurrieron los 10 días para que el Presidente de la República la publicara.

De acuerdo con el presidente del Senado, la decisión de ordenar su publicación, fue comunicada al Secretario de Gobernación, Alfonso Navarrete Prida.

“Lo que me dijo el Secretario de Gobernación es que no habría ningún problema en la publicación; que no tiene ningún cuestionamiento y que se hará la publicación correspondiente”, declaró Batres.

Recordar que en el artículo 11 de la Ley, se establece que sólo podrán asignarse pensiones, por el desempeño de una función pública, cuando se encuentren “expresamente asignadas por una ley o decreto legislativo”; de ahí que ante la promesa de campaña del Presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, se eliminen las pensiones a los ex Presidentes de México para el próximo año.

Asimismo, se establece que los servidores públicos, recibirán una remuneración proporcional a sus responsabilidades, e instaura, los tipos de un nuevo delito que denominarán remuneración ilícita, que será aplicable cuando un servidor público apruebe o refrende una remuneración que no esté autorizada por la ley.

De tal manera, en el Código Penal Federal, se establece que el delito de remuneración ilícita, tendrá una sanción de hasta 14 años de prisión y una multa de tres mil veces el salario mínimo diario vigente en la Ciudad de México.

Frase

“Es la primera ley del movimiento, que plantea uno de los compromisos centrales de Andrés Manuel López Obrador; la eliminación de altos sueldos, la eliminación de privilegios; el elevar a política de Estado la austeridad”.
Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Jucopo en el Senado

 

Propone PRI reducir 50% financiamiento a partidos

La bancada del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en el Senado de la República, presentó una iniciativa para reducir el 50% del financiamiento público de los partidos políticos para el rubro de actividades ordinarias permanentes.

A nombre de su grupo parlamentario, la senadora y presidenta nacional del tricolor, Claudia Ruiz Massieu, explicó que con el fin de lograr una mayor equidad en el proceso de financiamiento público, se plantea la asignación de 50% de éstos recursos de forma igualitaria y el otro 50% en proporción con los resultados electorales de la elección inmediata anterior para la conformación de la Cámara de Diputados.

Destacó que en consonancia con la reducción de prerrogativas, y debido a que con base a ellas se establecen y calculan las multas que puede imponer la autoridad electoral, se propone que por única ocasión, las autoridades administrativas electorales nacionales y locales realicen un nuevo cálculo para efectuar la aplicación de las multas en proporción a la reducción del financiamiento público.
LEG