Foto: @SCJNMexico/ Facebook Siete de los 11 ministros de la SCJN declararon inconstitucional la autorización que el Congreso de Colima  

El Plena de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por unanimidad que los Gobiernos estatales tienen que liquidar todas sus deudas de corto plazo tres meses antes del final de cada administración, sin embargo, señaló que no existe impedimento para que contraten nuevos pasivos de largo plazo para inversión productiva en las últimas semanas de cada sexenio.

 

Lo anterior al pronunciarse sobre las reformas hechas en 2015 al artículo 117 de la Constitución para el control de las deudas estatales y municipales.

 

Siete de los 11 ministros de la SCJN declararon inconstitucional la autorización que el Congreso de Colima otorgó en septiembre de 2015 al entonces gobernador saliente, Mario Anguiano Moreno, para refinanciar a 25 años deuda de corto plazo, por 638 millones de pesos.

 

La deuda de 638 millones del Gobierno de Colima había sido contratada con Banco Interacciones en el año 2015, sin embargo, el fallo de la SCJN no tendrá efectos retroactivos, por lo que en la práctica no anulará el refinanciamiento que permitió a dicha entidad postergar los pagos y llevar al largo plazo lo que era de corto plazo.

 

En contraste, por seis votos contra cinco, la Corte declaró válida otra parte del mismo decreto, que autorizó a Anguiano para contratar mil 90 millones de pesos de nueva deuda para inversión en conectividad, educación, deporte, seguridad, impartición de justicia, salud e infraestructura carretera.

 

DPC