Cada año, el 30 de abril marca la fecha límite para la presentación de la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT); sin embargo, el pasado 25 de abril el SAT informó la ampliación del plazo hasta el 15 de mayo para hacer la declaración correspondiente al ejercicio 2017 sin actualizaciones ni recargos.

 

 

Dicha determinación, de acuerdo con la autoridad, se debió a las inconsistencias encontradas en el llenado de los comprobantes de nómina por parte de los patrones, como por ejemplo ingresos no correspondientes, la captura de primas vacacionales o primas de antigüedad, diferencias entre los comprobantes y lo efectivamente pagado, e incongruencias entre montos totales y subtotales en los comprobantes. Cabe recordar que este año se utilizó por primera vez la información contenida en los comprobantes de nómina emitidos por los patrones para pre llenar los ingresos de los contribuyentes en la declaración anual (antes se obtenía de las declaraciones informativas de terceros y de las declaraciones mensuales), de ahí la importancia de corregir los posibles errores e inconsistencias detectados y determinar adecuadamente los ingresos e impuestos correspondientes.

 

 

Dado que no todos los contribuyentes están obligados a presentar la declaración anual (los asalariados que hayan percibido ingresos de un solo patrón y obtenido ingresos por intereses menores a 20 mil pesos al año pueden no presentar su declaración o presentarla en cualquier momento del año), los principales beneficiarios de esta medida son evidentemente aquellos contribuyentes que sí están obligados a presentarla (quienes prestan servicios profesionales, realizan actividades empresariales, arrendamiento, intereses, asalariados con dos o más patrones o con otra actividad, entre otros) y que por distintas razones no habían podido hacerlo en el plazo originalmente establecido. Con esto podrán presentar su declaración libre de actualizaciones y recargos. Aunado a lo anterior, al poder corregir cualquier inconsistencia y ver si tienen un saldo a favor, estos contribuyentes podrán optar por solicitar una devolución.

 

 

En este sentido, vale la pena mencionar que muchas de las quejas relacionadas con las solicitudes de devolución tienen precisamente su origen en las inconsistencias mencionadas. Así, para hacer más eficientes las devoluciones automáticas, la autoridad puso este año a disposición de los contribuyentes una aplicación que permite consultar los recibos de nómina que el patrón o retenedor haya emitido en el 2017, así como verificar el estatus de la devolución o, en su caso, los motivos de rechazo.

 

 

Si bien el SAT ha hecho un esfuerzo importante, principalmente a través del uso de tecnologías de la información, para facilitar e incentivar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, es claro que todavía existen retos y mejoras que deberán atenderse a la mayor brevedad.

 

@JorLuVR

Consultor internacional en materia económica, política y de políticas públicas con más de 20 años de experiencia en temas regulatorios, de competencia, comercio, finanzas públicas y buen gobierno....