La aplicación nacional del nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio pone fin a la prisión preventiva para casi todos los delitos, por lo que los inculpados, aun detenidos en flagrancia, tienen derecho a defenderse en libertad, señaló Alfonso Pérez Daza, Consejero de la Judicatura Federal

 

El 18 de junio pasado, entró en vigor para todo el país el sistema que tiene como base la presunción de inocencia, los juicios orales y la justicia alternativa, entre otras características.

 

Al respecto, el consejero de la Judicatura Federal señaló que una de las consecuencias de defender la presunción de inocencia consiste en que los jueces tendrán que dejar en libertad a los inculpados para que tengan la posibilidad de defenderse fuera de prisión.

 

No obstante, hay nueve supuestos que ameritan, obligatoriamente, la privación de la libertad de manera preventiva: homicidio doloso, violación, el secuestro, la trata de personas, todos los delitos cometidos por medios violentos como armas y explosivos, los delitos graves contra la seguridad de la nación, todos los delitos contra el libre desarrollo de la personalidad, corrupción de menores y los delitos contra la salud.

 

En conferencia de prensa sobre la implementación del sistema, explicó que esta determinación deja fuera a los delitos fiscales, los ambientales, robo de vehículo, todos los delitos que establece el Código Fiscal de la Federación (contrabando, defraudación fiscal), delitos de la ley de propiedad industrial, los delitos que tengan que ver con actividades crediticias y del sistema financiero, entre otros.

 

Aclaró que esto no significa que haya impunidad o que se libere a delincuentes, sino que se garantizará que todos los mexicanos tengan presunción de inocencia y con ello se buscará que ninguna persona esté defendiéndose uno o dos años en la cárcel.

 

“Solamente hasta que un juicio termine declarando la culpabilidad y se aplique una sentencia condenatoria hasta ese momento es cuando se debe determinar la prisión”, dijo.

 

Édgar Elías Azar, presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, declaró que la transición hacia el nuevo sistema será muy lento, pues el cambio fue brusco.

En ese sentido, aceptó que puede haber “un choque de trenes” en cuanto al tratamiento de la víctima y al principio de presunción de inocencia.

 

“Es un sistema muy complejo  que tendremos que entender poco a poco, tenemos que dejar que respire y camine la reforma para ver cuáles son sus fortalezas y sus debilidades”, dijo.

 

Cárcel preventiva

 

Bajo el Nuevo Sistema Penal Acusatorio, los siguientes delitos sí ameritan prisión preventiva durante el juicio

 

-Homicidio doloso

 

-Violación

 

-Secuestro

 

-Trata de personas

 

-Delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos

 

-Delitos graves contra la seguridad de la nación

 

– Delitos contra el desarrollo de la personalidad

 

-Corrupción de menores

 

-Delitos contra la salud