La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al INE vuelva a valorar la sanción impuesta al Partido Verde por 322.4 millones de pesos que se le impuso por la difusión de 293 mil 321 spots que se transmitieron entre 2014 y 2015.

 

En la sesión de la Sala Superior del TEPJF se aprobó la sentencia que considera que no se encontró la agravante de dolo por lo que no es procedente el monto del 300% que determinó el Instituto Nacional Electoral (INE).

 

Asimismo se ordenó al INE individualizar la sanción y calificar una nueva sanción al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) la cual no deberá ser mayor a 215 millones de pesos, es decir, no superior a 200% del monto de recursos involucrados en la violación.

 

El magistrado presidente del TEPJF, Constancio Carrasco Daza, dijo que en la multa determinada por el INE es dolosa la acción, pero no existe dicha agravante.

 

Cabe destacar que expediente INE/Q-COF-UTF/66/2015 fue donde se impuso una sanción al PVEM consistente en una reducción del 40% de la ministración mensual del financiamiento público que le corresponde para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes.

 

Todo ello por los informes de los legisladores de las fracciones parlamentarias de dicho partido político, con motivo de diversos promocionales transmitidos a través de concesionarios de televisión abierta y restringida, así como de radiodifusoras.