La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó la suspensión de los promocionales del Partido Acción Nacional intitulados “Candidatas Escándalo” en lo que se menciona a Claudia Artemiza Pavlovich Arellano e Ivonne Álvarez candidatas del Partido Revolucionario Institucional a gobernadoras de los estados de Sonora y Nuevo León.

 

Al otorgar las medidas cautelares, por mayoría de votos, se argumentó que existió uso indebido de los tiempos de radio y televisión de la pauta federal, pues el partido ordenó la transmisión de spots dentro de los tiempos destinados a la difusión de mensajes de campañas federales, aunque estos presentan contenidos relacionados con procesos electorales locales, con lo cual puede generarse inequidad en esas contiendas.

 

El partido político tendrá un plazo de seis horas para sustituir los promocionales. Las concesionarias de radio y televisión deberán suspender la difusión de los mismos en un plazo que no podrá exceder las 24 horas.

 

Asimismo, las Consejeras integrantes de la Comisión, Beatriz Galindo, Adriana Favela y el Consejero José Roberto Ruiz determinaron ordenar a José Paz Villanueva Contreras, candidato suplente del Partido Revolucionario Institucional a Diputado en el Distrito local I, con cabecera en Matehuala, San Luis Potosí, se abstenga de adquirir de manera ilegal tiempos en radio.

 

Paz Villanueva trabaja como locutor en la estación de radio XEIE Stéreo 1030 de Matehuala en el programa denominado “Noticentro Regional” lo que podría proporcionarle ventajas indebidas para promocionar su candidatura o a los candidatos a Gobernador, Presidente Municipal de Matehuala y a la fórmula de diputados que el locutor integra, dejando en posición de desventaja a todos los candidatos a diputados locales de los demás partidos.

 

También se instruyó a Juan Manuel Carreras López, candidato a Gobernador, así como a José Nava Gómez, candidato a Presidente Municipal de Matehuala, todos de San Luis Potosí, se abstengan de contratar, adquirir o convenir, la difusión, divulgación o publicación de la propaganda materia de la presente medida cautelar, o cualquier otra similar o análoga, en cualquier medio de comunicación.

 

Se ordenó como tutela preventiva, a Radio Medios Matehuala, S.A. de C.V, concesionario de la emisora Stéreo 1030 AM, con las siglas XEIE-AM, con cobertura en San Luis Potosí, se abstengan de difundir, divulgar,  publicar propaganda que contravenga la normativa  o de realizar coberturas noticiosas y otorgar espacios en medios de comunicación  bajo cualquier formato periodístico u otro género, que no sea el constitucional y legalmente permitido.