La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN ) atrajo para su estudio el amparo sobre el acceso a la averiguación previa a familiares de las víctimas de San Fernando Tamaulipas encontradas en fosas clandestinas que les negó la PGR

 

Y es que en el 2011  las familiares de dos personas provenientes de El Salvador, y cuyos cuerpos fueron localizados entre los 120 cadáveres  de las  fosas, solicitaron a la Procuraduría General de la República que se les entregara la información relativa a la averiguación previa y se les reconociera el carácter de víctimas dentro de ésta para seguir puntualmente  el caso.

 

Sin embargo, la Procuraduría General de la República argumentó que no podían tener acceso a la información de la investigación, ya que por disposición legal la misma tiene el carácter de reservada, además  que tampoco podían ser considerados  como víctimas del crimen, por lo cual, tampoco tendrían acceso a la averiguación por esa vía.

 

Por ello, asesorados por una organización  de derechos humanos, presentaron una demanda de amparo correspondiente, pero el juez de Distrito señaló que la asociación civil no tenía legitimación para comparecer en el juicio, y  sólo concedió el amparo para que la PGR valorara sí les podía dar o no el  carácter de víctimas de las familiares.

 

Ante la inconformidad de las partes, el amparo en revisión fue atraído por la Primera Sala de la SCJN para su estudio, y por el cual se pretende  establecer de manera legal si es procedente tener acceso a la información contenida en averiguaciones previas, cuando se trate de graves violaciones a derechos fundamentales.

 

Además de puntualizar los criterios precisos que permitan identificar cuándo una persona tiene la calidad de víctima en un asunto determinado y desde qué momento se le debe reconocer dicha calidad para tener acceso al expediente de una averiguación previa.

 

También debe darse un pronunciamiento sobre   los alcances del interés legítimo, en especial sobre si una asociación civil, cuyo objeto sea la protección de derechos humanos, cuenta con un interés legítimo para acudir al juicio de amparo.

OBO