El pleno de la Comisión Permanente del Congreso emitió la declaratoria de constitucionalidad de la reforma al Artículo 41 de la Constitución, por la que se establece que será causa de nulidad de una elección no solo la “compra”, sino la “adquisición” de  cobertura informativa   o   tiempos   en   radio   y televisión, fuera de los supuestos previstos en la ley.
Tras recibir el aval de 19  legislaturas estatales, el presidente en funciones de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, el diputado Héctor Gutiérrez de la Garza, emitió la declaratoria de constitucionalidad y ordenó su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con el objetivo de hacer efectivas las nuevas disposiciones en materia electoral.
La ley aprobada en los estados marca que se “establecerá el sistema de nulidades de las elecciones federales y locales por violaciones graves, dolosas y determinantes cuando (…) se compre o adquiera cobertura informativa o tiempos de radio y televisión fuera de los supuestos previstos por la ley”.
Las reformas a este artículo se justificaron en la necesidad de eliminar ventajas indebidas y ampliar las causas por las que se podrán anular elecciones federales y locales.
Los Congresos estatales que enviaron sus oficios aprobatorios, fueron Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Hidalgo, México, Nayarit, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán.
Además, la Comisión Permanente designó ayer a los diputados  María de las Nieves García Fernández (PRI) y Marcos Rosendo Medina Filigrana (PRD), como consejeros del Poder Legislativo ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.