La Suprema Corte de Justicia de la Nación  (SCJN) invalidó una norma de la Ciudad de México que prohibía la instalación de tiendas de autoservicio en las inmediaciones de mercados públicos.

 

Con votación de 10 a favor y 1 en contra, el pleno de la Corte resolvió que la Norma 29, expedida en 2011 por Marcelo Ebrad, atenta contra la libre competencia y concurrencia.

 

La medida pretendía proteger a los mercados tradicionales, misceláneas y tiendas de abarrotes.

 

Ante la cual la Comisión Federal de Competencia (CFC) había advirtido que se trataba de una segmentación del mercado que es sancionada por la ley federal al constituir una práctica monopólica. Los ministros retomaron los argumentos de la CFC y encontraron que la NOM es inconstitucional.