El magistrado Manuel González Oropeza también declara infundada la petición de anulación de la elección presidencial.

 

Indicó que fue analizado minuciosamente el acervo probatorio por los magistrados del Tribunal y por un grupo de abogados de todas las ponencias y la conclusión es que no hay acreditamiento de las irregularidades que pretendió probar la coalición Movimiento Progresista.

 

“La imparcialidad de este Tribunal, no puede acceder a su interés partidista sino lo encuentra respaldado en la Constitución y en la Ley Electoral”, sostuvo.

 

Apuntó que las pruebas aportadas no acreditan el dicho de la supuesta adquisición encubierta de tiempo para su promoción en radio y televisión.

 

Concluyó que las irregularidades denunciadas en el juicio son infundadas.

 

Enfatizó que constitucionalmente no cabe la posibilidad de que la resolución sobre los medios de impugnación y el consecuente cómputo final se pospusiera, tal y como se ha pretendido por la coalición actora.

 

Destacó que el pasado 4 de julio “fue rendido un informe sobre los resultados electorales; el 12 de julio venció el plazo para la interposición de medios y el 31 de agosto, mañana, vence el terminó para resolverlas”.

 

Todo el proceso, apuntó, ha estado sometido a dichos plazos para dar seguridad jurídica y certeza y todas las partes se han sometido a ellos.