El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría y la declaratoria de gobernador electo a favor de Miguel Ángel Yunes Linares, candidato postulado por la coalición  “Para Rescatar Veracruz” a la gubernatura del Estado de Veracruz, durante el proceso electoral 2015-2016.

 

Por unanimidad, la Sala Superior confirmó también la sentencia dictada por Tribunal Electoral de Veracruz para dar vista a la Secretaría de Gobernación, respecto de los ministros de culto religiosos que se citan en la sentencia impugnada.

 

“Sólo quedó acreditada la existencia de las expresiones emitidas por Juan Fernando Rodríguez Mesa, pastor dela Parroquia de Cristo Rey, en Atoyac, Veracruz; y de José Manuel Suazo Reyes, vocero de la Arquidiócesis de Xalapa, por las que incitaron a la ciudadanía a votar en la jornada electoral del cinco de junio pasado”, señala la sentencia elaborada por la ponencia del Magistrado Pedro Esteban Penagos.

 

En la sesión pública de este miércoles, la Magistrada y los Magistrados consideraron infundados los alegatos del Partido Revolucionario Institucional (PRI), debido a que “ los medios de convicción a los que hace referencia el inconforme carecen de idoneidad a efecto de evidenciar la veracidad de su contenido, las mismas no pueden ser tomadas en consideración a efecto de establecer la intervención de ministros de culto en la elección de gobernador de Veracruz que pretende, de ahí que los argumentos deben desestimarse ante su ineficacia”.

 

Magistrado Pedro Esteban Penagos: No se acreditó que ministros de culto hubieran realizado proselitismo político para favorecer o perjudicar a unos candidatos o a otros, o una invitación para que la ciudadanía se abstuviera de votar, no encontramos violación al artículo 130 de la constitución; en cuanto a la materia electoral, no es suficiente para decretar nulidad.

 

Magistrada María del Carmen Alanis:  Si bien la iglesia emite mensajes, como en Aguascalientes, en este caso, no hay proselitismo electoral a favor o en contra de partido o candidato alguno; sí critican al gobernante en turno, hay invitaciones a evitar abstencionismos, a emitir sufragio, a no permitir coacción del voto, pero no hay un proselitismo a favor ni en contra del candidato.

 

Magistrado Flavio Galván Rivera. – Al manifestar su voto a favor de los resolutivos, pero no de las consideraciones del proyecto del magistrado Pedro Esteban Penagos, dijo: Es un caso diferente al de Aguascalientes. Las circunstancias sociales, económicas, culturales e incluso religiosas son distintas pero es diferente también la participación de los ministros de la iglesia católica.