La Comisión de Relaciones Exteriores América del Norte aprobó un dictamen para que el Senado de la República ratifique el Tratado entre México y Estados Unidos sobre la Delimitación de la Frontera Marítima en la Región Oriental del Golfo de México.

 

Este instrumento fue firmado en Washington, D.C., el 8 de enero de 2017 y tiene como objetivo primordial la delimitación de la frontera marítima de la plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas, así como reconocer la vigencia del marco jurídico existente en materia de yacimientos transfronterizos de hidrocarburos.

 

El documento señala que el límite de la plataforma continental se determinó mediante la identificación de los puntos equidistantes intermedios entre el último punto de las fronteras existentes y el punto triple de la frontera entre Cuba, México y Estados Unidos.

 

Indica que la línea divisoria estará determinada mediante las líneas geodésicas conectadas con las coordenadas que en dicho instrumento se señalan.

 

Además, asegura la uniformidad en la medición de las coordenadas, incluyendo la transformación del punto relevante de la delimitación de la Zona Económica Exclusiva entre ambos países, prevista en el Tratado de 1978.

 

Respecto al tema de los yacimientos transfronterizos de hidrocarburos, se formalizó el vínculo del presente tratado, con el acuerdo relativo a los Yacimientos Transfronterizos de Hidrocarburos en el Golfo de México, suscrito el 20 de febrero de 2012 entre México y la Unión Americana.

 

Se precisa que la frontera marítima constituirá una línea de delimitación conforme a lo definido en el acuerdo y, por lo tanto, sus disposiciones le serán aplicables al momento de su entrada en vigor.

 

Refiere que el acuerdo firmado en 1978 por ambas naciones estableció en el Océano Pacífico la frontera marítima hasta la anchura de 200 millas marinas, y en el Golfo de México, la frontera sólo se estableció en los tramos donde, en la zona económica exclusiva, se hubieran empalmado por haber menos de 400 millas náuticas entre las costas de los dos países.

 

No obstante, quedaron pendientes dos zonas llamadas Polígono Occidental y Polígono Oriental, cuyas aguas forman parte de alta mar, y que, conforme al Derecho Internacional actual, es susceptible de reivindicación por los estados ribereños.

 

El Polígono Occidental correspondía delimitarlo exclusivamente a México y Estados Unidos de América, y así lo hicieron mediante el Tratado sobre la Delimitación de la Plataforma Continental en la Región Occidental del Golfo de México Más Allá de las 200 Millas Náuticas en el año 2000.

 

Pero, se agrega, para la delimitación del Polígono Oriental, se debía de tener en cuenta la vecindad con la República de Cuba, al ser una zona formada en virtud de los tratados bilaterales de delimitación celebrados por los tres Estados en los años setenta.

 

Alejandro Alday González, consejero jurídico de la Secretaría de Relaciones Exteriores, explicó a los senadores que con la reivindicación de esta zona, nuestro país incrementará potencialmente las reservas petroleras.

 

Además, atiende el tema de yacimientos transfronterizos de una manera responsable, al vincular el acuerdo preexistente del 2012.
JMSJ