Por unanimidad, el Senado de la República  aprobó  en lo general y particular, la expedición de la Ley Nacional de Ejecución Penal, que permitirá la libertad anticipada de más de 40 mil personas que están en cárceles mexicanas por posesión mínima de mariguana y  por la comisión del delito de robo, cuyo valor  no exceda de 80 salarios mínimos, siempre y cuando no haya mediado ningún tipo de violencia. La envía a la Cámara de Diputados

 

Al entrar en vigor los presos que hayan sido sentenciados por delitos denominados como “robos de hambre” o por portación de mariguana en pequeñas cantidades 

 

Con 90 votos a favor, se avalaron los artículos reservados del dictamen y se turnó a la Cámara de Diputados.

 

De acuerdo con el dictamen, lo que se pretende, es reestructurar del sistema penitenciario con base en la reinserción social, el respeto a los derechos humanos, el trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte.

 

De esa manera, establece las normas que habrán de observarse durante el internamiento por prisión preventiva, en la ejecución de penas y en las medidas de seguridad impuestas como consecuencia de una resolución judicial; así como los procedimientos para resolver las controversias que surjan con motivo de la ejecución penal; y la regulación de los medios para lograr la reinserción social.

 

En el régimen transitorio se aclaró que la autoridad penitenciaria contará con un plazo de cuatro años, a partir de la publicación de este Decreto, para capacitar, adecuar los establecimientos penitenciarios y su capacidad instalada, equipar, desarrollar tecnologías de la información y comunicaciones, así como adecuar su estructura organizacional.

 

Además, se estableció que podrán acceder, de manera inmediata, al beneficio de libertad anticipada todas las personas que hayan sido sentenciadas con penas privativas de la libertad por la “posesión sin fines de comercio o suministro, de Cannabis Sativa, Indica o Marihuana, contemplado en el artículo 477 de la Ley General de Salud, en cualquiera de sus formas, derivados o preparaciones, y cuando en la comisión del delito no haya mediado ningún tipo de violencia, ni la concurrencia de más delitos”.

 

Sin embargo, no se especifica el monto máximo como lo establecía la propuesta original.

 

Otro de los cambios al dictamen dispone que las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor de la Ley para el Poder Judicial Federal, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se cubrirán con cargo a sus presupuestos para el presente ejercicio fiscal y los subsecuentes.

 

Asimismo, las entidades federativas deberán realizar las previsiones y adecuaciones presupuestales necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas.

 

Al presentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Justicia, Fernando Yunes Márquez, destacó que el nuevo modelo se aleja de la “vieja escuela” de readaptación social, que data de 1971, para transformarse en un sistema penitenciario que deja de ser el centro de convivencia y de desarrollo de la delincuencia, es decir, “la escuela del crimen”.