Las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, Marina y Estudios Legislativos Segunda aprobaron modificaciones a la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y la Ley Federal de Puertos, con las cuales la Secretaría de Marina, será quien ejerza la Administración de las capitanías de puerto, con el fin de evitar confusiones y vacíos de autoridad ante la comunidad marítima nacional e internacional.

 

Además de cumplir con el ejercicio de la soberanía y la autoridad en las zonas marinas mexicanas; garantizar el cumplimiento del orden jurídico nacional; así como la protección al tráfico marítimo, fluvial y lacustre, ello sin perjuicio de las atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

 

Sobre las modificaciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se distribuye las atribuciones de seguridad y protección marítima y portuaria entre la Secretaría de Marina y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, estableciendo con ello diversos rubros para el ejercicio de la autoridad en el puerto, en la interfaz buque-puerto y en la mar.

 

 

De la misma forma, las reformas a la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, se faculta, tanto a la Secretaría de Marina como a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para representar al país en el ámbito de su competencia, en las negociaciones de los Tratados Internacionales en la materia.

 

Se transfieren las capitanías de puerto a la Secretaría de Marina, redistribuyéndose las atribuciones que actualmente realizan, quedando únicamente en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes las que se relacionen con la regulación, organización y administración de la marina mercante.

 

El dictamen será discutido y aprobado en el Pleno del Senado durante la próxima sesión ordinaria.
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