La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó este lunes la Ley Nacional de Mecanismos de Solución de Controversias en Materia Penal, la cual establece las formas y mecanismos para que la víctima de un delito pueda llegar a un acuerdo con el agresor que evite un  juicio oral de mayor extensión en el marco del nuevo sistema penal.

 

Esta ley fue propuesta e impulsada por la Procuraduría General de la República (PGR) con el apoyo de los estados con el objetivo de aprovechar la llamada “mediación” que permite que un delito se resuelva antes de llegar el juicio y con ello se facilite el que no se sature el sistema judicial.

 

Uno de los puntos fundamentales es que estos mecanismos de solución, que en términos coloquiales son una negociación, pueden solicitarse desde que el caso se encuentra en la Procuraduría o Fiscalía, o incluso luego de que ya se hizo la acusación y cuando el asunto está ante en un juzgado.

 

La limitante marcada estipulada desde el artículo 187 del Código nacional de Procedimientos Penales, es que las soluciones alternas solo aplicarán a delitos que se persiguen por querella (que requieren una denuncia y no son de oficio), así como los delitos culposos (no intencionales) y los patrimoniales.

 

Es decir, no podrán negociarse soluciones a delitos graves como homicidios, secuestros, lavado de dinero, narcotráfico, entre otros. Por el contrario, una extorsión al ser un delito patrimonial y siempre que no existiera violencia de por medio, si podrá ser susceptible de mediación.

 

De acuerdo con el artículo 29 de la Ley Nacional de Mecanismos de Solución de Controversias en Materia Penal, los acuerdos que alcancen las dos partes, con aprobación del Ministerio Público o el juez, podrán ir desde una disculpa pública y el compromiso de que no se cometa de nueva la ofensa, hasta el pago económico que repare el daño causado.

 

Para que lo anterior sea posible la PGR y las procuradurías de los estados, así como los tribunales de justicia, deberán crear órganos especializados en mecanismos  alternativos de soluciones de controversias, que son los que se encargarán de coordinar las sesiones orales sobre mediación de delitos.

 

Estos órganos contarán con lo que se denomina como “facilitadores”, las personas al frente de las negociaciones,  los cuales deberán estar certificados al igual que los funcionarios de seguridad del país, es decir, con controles de confianza que incluyen polígrafo.

 

El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) establece que esta ley de mecanismos alternativos entrada en vigor a nivel federal y en los estados de forma paralela al Código Nacional con fecha límite de junio del año 2016.  DM