El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en una sentencia histórica, revocó los registros de candidaturas a diputados locales y alcaldes en Chiapas por incumplir con la paridad de género; esto a sólo 11 días de la jornada electoral en ese estado.

 

Los partidos que compiten en la elección, excepto Morena, postularon en la mayoría de cargos a hombres, pese a que la última reforma política (vigente desde el 23 de mayo de 2014) elevó a rango constitucional la paridad de género en los comicios tanto federales como locales.

 

La sentencia del Tribunal Electoral tendrá un impacto histórico en la elección chiapaneca porque, a 11 días de la jornada electoral, los partidos tendrán que reasignar las candidaturas para otorgar el 50% de éstas a mujeres.

 

Se revoca el acuerdo a través del cual el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas aprobó las solicitudes de registro de candidaturas a diputaciones del Congreso del Estado por el principio de mayoría relativa, así como de miembros de los Ayuntamientos de la entidad”, indica la sentencia.

 

Además, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Chiapas entrará en un conflicto porque decidirá sobre la sustitución de los nombres de las nuevas candidatas en las boletas electorales, lo cual elevará el costo de la organización de los comicios.

 

En la entidad del sureste, el próximo 19 de julio se renovarán 122 presidencias municipales así como 24 diputados de mayoría relativa y 14 plurinominales.

 

Postura 

 

Los seis magistrados del TEPJF condenaron la omisión del instituto electoral de Chiapas para obligar a los partidos a respetar la paridad de género y determinaron dar vista al Instituto Nacional Electoral (INE) para que investigue porque incurrieron en un acto grave.

 

“Resulta de particular gravedad que el Instituto Electoral haya pasado por alto el incumplimiento de los partidos políticos de estas reglas y que, sin requerimiento alguno, realizó el registro de las candidaturas, de los partidos y de las coaliciones”, dijo la magistrada María del Carmen Alanís.

 

Por su parte, el magistrado Salvador Nava pidió al INE que “tome medidas al respecto porque me parece que las acciones y las omisiones de la autoridad electoral en Chiapas son muy graves y atentan contra este principio y por ello es que acompaño el proyecto con mucho gusto y con mucha indignación”.

 

El magistrado presidente Constancio Carrasco afirmó que la sentencia impactará en “la forma en que la autoridad electoral va a tener que hacer los registros correspondientes y hacer la revisión de otros requisitos como los de elegibilidad, y la complejidad de frente a la veda electoral en ese estado”.

 

Números

 

El ordenamiento del TEPJF es que de forma inmediata se cumpla con la paridad de género, es decir, cada partido o coalición, en la elección de alcaldes deberá postular a 61 hombres y 61 mujeres.

 

Los partidos que más incumplieron con la paridad en alcaldías fueron el PVEM que registró a 106 hombres y 14 mujeres y ahora deberá sustituir 46 candidaturas; y el PRI que postuló a 102 hombres y 14 mujeres, por lo que deberá cambiar 44 candidaturas.

 

El PAN registró a 63 hombres y a 41 mujeres y deberá sustituir 11 candidaturas; el PRD candidateó a 73 hombres y 26 mujeres, por lo que deberá asignar 24 candidaturas a mujeres.

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