La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó, por dos votos a favor y uno en contra, improcedentes las medidas cautelares solicitadas por Morena, debido a la colocación de mantas en el Estado de México y Puebla, las cuales el partido considera que ofenden y calumnian a Andrés Manuel López Obrador, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional de este instituto político.

 

Derivado de las investigaciones realizadas por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, la Comisión comprobó la existencia de únicamente dos mantas o lonas denunciadas, de los cuales no hay indicios del responsable, propietario o administrador de los espacios o de quien haya ordenado, pagado o solicitado su colocación.

 

La Comisión determinó por mayoría que el material denunciado así como las frases utilizadas se ajustan a Derecho, pues se emiten dentro de los límites a la libertad de expresión; toda vez que no se trata de calumnia sino de una sátira, ya que no se imputa al dirigente partidista la comisión de algún delito o hecho falso.

 

El proyecto aprobado argumenta que los dirigentes partidistas, militantes de los partidos políticos, precandidatos, candidatos y servidores públicos se encuentran sujetos al escrutinio público, pues finalmente de ello se trata el debate democrático, esto es, de que se evalúen las acciones de quienes compiten por los cargos públicos o se encuentran de manera voluntaria en la vida pública.

 

Asimismo, establece que los personajes públicos, como es el caso del dirigente partidistas Andrés Manuel López Obrador, se encuentran sujetos al escrutinio público y, por tanto, deben resistir mayor nivel de injerencia en sus derechos de imagen, nombre, honra, entre otros, que las personas privadas o particulares.