La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró de manera total temporal la construcción de un desarrollo inmobiliario, tipo villa, en costas del estado de Yucatán.

 

La construcción no contaba con la autorización correspondiente de Impacto Ambiental que emite la Secretaría del medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

 

Inspectores de la Profepa detectaron la remoción de mil 301.25 metros cuadrados de vegetación en terrenos de duna y matorral costero de difícil regeneración, con presencia de Palmas chit (Thrinax radiata) y Cactus mamilaria (Mammillaria gaumeri), que son especies enlistadas bajo el estatus de amenazada y en peligro de extinción, respectivamente.

 

En un comunicado, la Profepa señaló que de acuerdo al artículo 171 de la ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, el responsable de la obra puede ser acreedor a una multa por el equivalente de 30 a 50 mil salarios mínimos generales, y la clausura temporal o definitiva de la obra.

 

Aclaró que la clausura se levantará hasta que el presunto responsable presente la autorización que expide la Semarnat en materia de Impacto Ambiental, o bien hasta que se dicten medidas correctivas de compensación o de restauración, por lo que se dará puntual seguimiento al procedimiento administrativo instaurado.

 

Refirió que en caso de no contar con dicha autorización, se aplicarán las medidas necesarias para la demolición de la obra, así como la aplicación de la sanción correspondiente, y recordó que las zonas costeras son de gran relevancia, por la prestación de servicios ambientales, tales como la regulación de procesos naturales y la mitigación de los impactos causados por amenazas naturales como inundaciones o sedimentación.

GH