Senadores de la República prevén que sea este martes cuando el Pleno de la Cámara alta discuta y, en su caso, apruebe las reformas en materia de justicia cotidiana laboral enviadas por el Ejecutivo Federal el pasado 28 de abril, cuya principal característica es la eliminación de las Juntas de Conciliación y Arbitraje para sustituirlas por un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal.

 

No obstante, el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en el Senado, ha advertido que los cambios realizados por senadores del PAN, PVEM y PRI en Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia, de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Segunda, limita el derecho de huelga establecido en el artículo 123 Constitucional.

 

Al respecto, la vicecoordinadora del PRD en el Senado, Dolores Padierna Luna, señaló que sin haberse planteado en los foros de consulta ni en la iniciativa original enviada por el Ejecutivo, el dictamen final incluyó establecer que, para un emplazamiento a huelga, es necesario que una mayoría del sindicato lo verifique.

 

“De esta manera, una reforma importante, necesaria, que incluye la creación de centros de conciliación para justicia laboral local y del organismo descentralizado de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, puede acabar en una contrarreforma a los derechos laborales”, destacó.

 

Ante ello, consideró necesario someter a consulta de todos los actores sindicales y laborales involucrados un tema tan delicado y que, incluso, puede ser desechado en la Suprema Corte de Justicia por anticonstitucional.

 

Defienden avances

 

Mientras tanto, el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Pablo Escudero Morales (PVEM), manifestó que el dictamen de justicia cotidiana en materia laboral, aprobado en comisiones, representa un avance para garantizar una justicia pronta, expedita y eficaz para los trabajadores.

 

Destacó que lo aprobado tiene por objeto reformar (a nivel constitucional) la justicia laboral, para que ahora sea impartida por órganos del Poder Judicial Federal o de los poderes judiciales locales.

 

En la propuesta que será sometida ante el Pleno, se establece una función conciliatoria para crear una instancia prejudicial, a la que acudan los trabajadores y patrones, y estará a cargo, en el orden local, de los Centros de Conciliación especializados e imparciales; mientras que en el orden federal, dicha función conciliatoria corresponderá a un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal que, además, deberá ocuparse del registro de todos los contratos colectivos de trabajo y de las organizaciones sindicales, así como de todos los procesos administrativos correspondientes.

 

El senador Escudero Morales, detalló que la designación del titular del organismo descentralizado será a través de una terna propuesta por el Ejecutivo Federal y sometida a consideración del Senado, quien lo deberá elegir con las dos terceras partes del Pleno.

 

 

Cambios principales

 

De aprobarse la iniciativa de justicia laboral, estos serían los principales puntos, que incluyen reformar el artículo 123:

 

Así está

 

Actualmente existen las Juntas de Conciliación y Arbitraje, las cuales están encargadas de resolver posibles conflictos entre patrones y trabajadores

 

Las huelgas son lícitas cuando su objetivo es conseguir el equilibrio entre los factores de producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital.

 

 

Así quedaría

 

Desaparecen las Juntas y se crean Juzgados o Tribunales laborales a través de un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal

 

A lo anterior se suma que el sindicato deberá acreditar, previo al emplazamiento de la huelga, la representación mayoritaria de los trabajadores