La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la que declara inconstitucional el bloqueo de cuentas bancarias que hizo la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), a la empresa Soluciones Estratégicas Wirken, por presunto lavado de dinero; dicta un precedente para que cualquier otra compañía en las mismas circunstancias se ampare en contra de las resoluciones de la Unidad a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

 

“Lo que va a pasar, es que de ahora en adelante cada que la UIF le congele cuentas a alguien, va a promover un amparo utilizando esta misma argumentación que está dando la Corte; que viola la garantía de audiencia y la presunción de inocencia”, señaló el maestro en derecho e investigador del Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE), José Fernández de Cevallos y Torres.

 

Reconoció que con esta resolución, la Corte le quita “todos los dientes” a la Unidad de Inteligencia para poder congelar cuentas de presuntos responsables de un delito, no obstante, quien puede congelar cuentas, en éste y otros casos que puedan presentarse, es el Ministerio Público que en curso de una investigación, asegure los bienes.

 

“Es decir, la Corte no está permitiendo que haya lavado de dinero, eso sería absurdo y ridículo. La Corte lo que dice es: tu autoridad administrativa UIF, con estas facultades violas derechos fundamentales de los gobernados y no lo debes de hacer”, señaló Fernández de Cevallos y Torres.

 

Y señaló que la SEIDO a través de su área de lavado de dinero, podrá asegurar cuentas, bienes, objetos o instrumentos, incluidas las de la empresa Soluciones Estratégicas Wirken, contra quien existe un proceso en contra.

 

 

*edición impresa 24 Horas

 

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