El Pleno del Senado dispensó la primera lectura a la Ley de Seguridad Interior, la cual que establece mecanismos, lapsos y protocolos para que fuerzas federales, es decir Ejército, Marina o Policía Federal, puedan desplazarse en estados y municipios en apoyo a labores de seguridad.

 

Al reanudarse la sesión ordinaria de este miércoles, el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Ernesto Cordero Arroyo, dio cuenta del dictamen enviado por las comisiones de Gobernación, Defensa, Marina y Estudios Legislativos, para iniciar así el proceso legislativo ante el Pleno para el debate y eventual aprobación de este nuevo marco legal.

 

El senador Fernando Torres Graciano informó que se presentarán propuestas de modificación para su discusión en el Pleno a los artículos uno, siete, ocho, nueve, 10, 16, 21, 22, 26 y la adición de un transitorio del proyecto de decreto.

 

En tanto, la senadora Pilar Ortega Martínez, del PAN, anunció que se reservaba los artículos cuatro, ocho, nueve, 27, 33 y 34.

 

De acuerdo con el dictamen, el Consejo de Seguridad Nacional determinará la procedencia de la intervención de la Federación y expedirá dentro de las 72 horas siguientes la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior.

 

Asimismo se indica que en aquellos casos en que las amenazas representen un grave peligro a la integridad de las personas o el funcionamiento de las instituciones de gobierno el Presidente, bajo su estricta responsabilidad, podrá ordenar acciones inmediatas de las Fuerzas Armadas.

 

Se establece que la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior no podrá exceder de un año. Agotada su vigencia cesará esta intervención, así como las acciones de seguridad interior a cargo de las Fuerzas Armadas.

 

No obstante, la declaratoria podrá modificarse o prorrogarse por acuerdo del Presidente mientras subsista la amenaza a la seguridad interior que la motivó.
JMSJ