El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que los comentarios hechos por tres conductores de televisión durante la visita del Papa los días 12, 13 y 14 de febrero no violentaron ninguna ley.

 

Luego de más de dos horas de exponer sus puntos de vista, los integrantes de la Sala Especializada del TEPJF, los magistrados Gabriela Villafuerte, Felipe de la Mata y Clicerio Coello, votaron por unanimidad que “los comunicadores que realizaron comentarios sobre los spots del Instituto Nacional Electoral (INE) “no transgredieron la ley y no son motivo para sancionarlos.”

 

De acuerdo con información difundida en el noticiero de Joaquín López Dóriga, se detalló que los magistrados coincidieron que los comunicadores ejercieron su libertad de expresión y los spots del INE y de partidos políticos no sufrieron alteraciones porque fueron transmitidos en tiempo y forma.

 

Clicero Coello, presidente de la Sala Especializada señaló: “Los comentarios que realizaron los periodistas Joaquín López Dóriga, Javier Alatorre, Jorge Alfonso Zarza y Carolina Rocha tuvieron como finalidad informar, manifestar opiniones, posturas críticas en el contexto de esta cobertura especial, permanente y en vivo en relación a las interrupciones de esta cobertura para dar cabida a las pautas de los partidos políticos.

 

“Pero en estas posiciones u opiniones no existió una alteración a las pautas como tal; no existe una afectación al modelo de comunicación política, ya que debe admitirse la posibilidad de generar posiciones críticas en relación a los modelos normativos a las actuaciones de las autoridades, incluso de las expresiones de los partidos políticos”, expuso el magistrado.

 

Esta resolución se concluye el caso y el fallo es inapelable.