Por determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el gobierno chiapaneco deberá abstenerse de realizar cualquier acto que modifique los límites territoriales o la jurisdicción en las comunidades en conflicto entre Oaxaca y Chiapas, específicamente en territorio Chimalapa.

 

Al respecto, la administración estatal de Oaxaca detalló que el máximo tribunal del país declaró infundado el recurso de reclamación “presentado por el estado de Chiapas, en contra del auto de fecha 20 de diciembre de 2012”, en el que la Suprema Corte le ordenaba esta misma abstención.

 

“El efecto de la suspensión otorgada es para que las referidas entidades federativas se abstengan de realizar cualquier acto que formal o materialmente amplíe o modifique los límites territoriales o la jurisdicción que actualmente se conserva en las comunidades en conflicto”, detalló.

 

Asimismo, agregó, “para que se abstengan de crear nuevas autoridades dentro de la localidad denominada Rodulfo Figueroa, ubicada en la porción territorial en disputa, hasta que se dicte la sentencia que resuelva en definitiva la Controversia Constitucional.

 

La administración estatal, precisó que esta última resolución se da en el marco de la controversia constitucional presentada por ésta en contra del decreto del Congreso de Chiapas, “mediante el cual se creó el pretendido municipio Belisario Domínguez dentro del territorio oaxaqueño”, en la zona de los Chimalapas.

 

Esta es la segunda suspensión que obtiene el gobierno de Oaxaca y las autoridades agrarias de Santa María y San Miguel Chimalapa en contra de actos del gobierno Chiapaneco en esta zona; el primero de ellos otorgado en febrero de 2012 por un juez federal con sede en el puerto de Salina Cruz, Oaxaca.

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