A casi un año de la entrada  en vigor del Nuevo Sistema de Justicia Penal (NSJP), éste opera al 60% en la Ciudad de México, según cifras de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJ).

 

Para alcanzar el 100% se requiere mayor capacitación de los encargados de aplicarlo, como  jueces,  agentes del Ministerio Público, abogados defensores y asesores jurídicos, según informó la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales de la PGJ, a cargo de Edmundo Garrido.

 

“Se requiere capacitar a los operadores porque  nos va a llevar a la comprensión y también es necesario  difundirlo a la sociedad”, precisó la Subprocuraduría a 24 HORAS.

 

Aun así, el porcentaje de avance representa el doble que la cifra que registran los estados, la cual es de 30%, en promedio.

 

El NSJP entró en vigor el 12 de junio de 2016 y representa un cambio de paradigma. Pasa de un juez inquisitivo, que debe encontrar al autor de los hechos, a uno de sentencia acusatorio, que recibe al acusado ya identificado como tal por otro juez.

 

Impulsa la oralidad de los juicios y operará a favor del inculpado la presunción de inocencia.

 

De acuerdo con la subprocuraduría, los servidores públicos fueron preparados a través de un sistema completamente diferente, por lo que se necesita capacitación y homologar los criterios. “Vamos a otras entidades y vemos, por ejemplo, que el Poder Judicial maneja diferentes criterios, cuando aquí el Código te da taxativamente (específicamente) las reglas que tiene que aplicar y no es por criterio”, detalló la Subprocuraduría.

 

Un registro nacional

 

Como parte del NSJP, la Ciudad de México contará con un registro nacional de aquellos inculpados que consiguieron salidas alternas para reparar el daño, es decir, mecanismos distintos al proceso penal para dar una solución al conflicto.

 

La Subprocuraduría recordó que el Código Nacional de Procedimientos Penales indica que se puede aplicar acuerdo reparatorio del daño, que es un convenio en al que llegan el imputado (acusado de un delito) y la víctima de forma directa para reparar el daño.

 

“Pensemos en un delito en daño a propiedad. Por ejemplo, se chocó un vehículo, se llega a una solución entre victima e imputado y se le dice al Ministerio que el imputado va a llevar a cabo la reparación del daño de forma inmediata”, explicó.

 

Otro ejemplo, es “un imputado que se compromete a no acercarse a la víctima y tiene problemas de drogadicción y se compromete a someterse a terapia en un término de un año, entonces se celebra esta suspensión condicional y si se cumple ya no tiene ningún antecedente y la investigación se termina”, refirió.

 

Se espera que dicho registro, de quienes utilizan salidas alternas para delitos no graves, como robo sin agravantes o abuso de confianza, éste listo en lo que resta del año. Quienes consigan el acuerdo reparatorio o la suspensión condicional de proceso, no podrán solicitarlo hasta dentro de cinco años.

 

aarl