La forma de procurar e impartir justicia en esta ciudad, sin duda, está cambiando. Esos largos y complicados procesos penales del antiguo sistema, en los cuales una víctima se veía en la necesidad de acudir una y otra vez a los juzgados, a fin de conseguir que el culpable no quedara impune y lograr la reparación del daño, prácticamente son cosa del pasado.

 

Hablar del nuevo modelo de justicia penal oral y acusatorio nos ha llevado a un replanteamiento en la manera de actuar de los Ministerios Públicos y jueces, tendiente a dar solución a una de las primordiales demandas de la sociedad, esto es, contar verdaderamente con una justicia pronta, evitando dilaciones sin justificación, papeleo y revictimización. Bajo esta tesitura, se crearon diversos mecanismos, mediante los cuales, los conflictos penales se pueden resolver en menor tiempo, evitando esos interminables procesos, que al cabo de varios meses, e incluso años, culminaban con una sentencia, pero con el consecuente desgaste de las partes que intervenían en engorrosos juicios, además de la erogación de innumerables recursos materiales y una frágil credibilidad respecto de la eficacia de los órganos de justicia.

 

Entre estos mecanismos tenemos el procedimiento abreviado, como una alternativa al juicio oral, una forma de terminación anticipada del proceso penal, en el que el Ministerio Público solicita la procedencia de esta vía, siempre y cuando se cumplan varios requisitos, tales como que el imputado debe renunciar en forma libre e informada a un juicio, aceptar su participación en el delito y ser sentenciado con los datos de prueba que sustentan la acusación ministerial; en tanto que a la víctima deberá resarcirse la reparación del daño que le fuera ocasionado por el delito, lo que traerá aparejado el que el juez dicte un fallo condenatorio, pero con la salvedad de una pena reducida, todo este procedimiento se puede ventilar incluso en cuestión de días, representando menores costos sociales y económicos para el propio Estado.

 

Lo anterior es el resultado de aquella gran reforma en materia de justicia y derechos humanos y del compromiso de todas las instituciones involucradas en el tema, para actualizar y capacitar a su personal operativo no sólo bajo nuevas reglas procedimentales, sino también atendiendo a normas más protectoras de las personas.

 

Es el caso de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, porque sus Ministerios Públicos han asumido un renovado papel en la sociedad, reforzado su capacidad de resolver los casos, no siempre basado en la aplicación de la ley en el castigo, sino optando por otros mecanismos previstos en la norma que ayudan a zanjar el conflicto  producto de un delito, protegiendo en todo momento los intereses de las víctimas, como premisa, pero también buscando la eficacia de la tutela judicial que favorezca la reconciliación social, a través de la protección de los derechos humanos de todos aquellos que se ven involucrados en un proceso penal.

MTRA. EMMA ELENA RUIZ GALVAN
SUBPROCURADORA DE PROCESOS
emma.elena@hotmail.com

 

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