Durante la presentación de las conclusiones del Debate Nacional de Marihuana, en las que se anunció que aquellas personas encarceladas por posesión de mariguana podrían ser liberadas si portaban menos de 28 gramos, Tonatiuh Bravo Padilla, Rector de la Universidad de Guadalajara dijo que el delito de posesión simple produce la décima parte de los presos federales acusados por delitos contra la salud.

 

Actualmente, no existe una estadística sobre cuantas personas podrían salir de la cárcel gracias a esta medida, pero de acuerdo al partido Movimiento Ciudadano en San Lázaro, existen 60 mil personas encarceladas que podrían beneficiarse con la libertad debido al posible aumento de la portación permitida de mariguana a 28 gramos; esto al haber sido detenidos y encarcelados por poseer más de cinco gramos (la cantidad permitida actualmente) y menos de 28.

 

En México, 140 mil 860 personas fueron encarceladas por posesión de alguna sustancia estupefaciente entre 2009 y 2013, y la droga de iniciación y de mayor demanda es la mariguana, de acuerdo a información que dio a conocer el INEGI y el Colectivo de Estudios sobre Drogas y Derechos.

 

De esa cifra, la Procuraduría General de la República (PGR) inició 87 mil 746 averiguaciones por posesión simple y 52 mil 074 fueron iniciadas por consumo; en los mil 40 casos restantes no se reportan averiguaciones, detalla el estudio “La regulación de la posesión y la criminalización de los consumidores de drogas en América Latina”, que fue presentado en noviembre de 2015.

 

La posesión legal con fines de consumo en el caso de la cannabis es de cinco gramos (siempre y cuando no se consuma cerca de escuelas o centros penitenciarios), establece el Artículo 475 de la Ley General de Salud.

 

Superar esta dosis se considera que ya no es para consumo personal y la  condena por posesión simple va de 10 meses a tres años de prisión y hasta 80 días de multa. Además, la ley penaliza el cultivo, tenencia, transporte, suministro y comercio de droga.