Violaciones a los tratados internacionales y los derechos humanos, por trato discriminatorio y por negarles la oportunidad de tener un trabajo digno, son algunos de los argumentos presentados por los maestros en su demanda de amparo contra las leyes secundarias de la reforma educativa presentada ante el Poder Judicial de la Federación.

 

En uno de sus alegatos, los docentes reconocen la validez de buscar un mejor nivel educativo y preparación en los mentores, sin embargo advierten que no se tomó en cuenta la opinión de maestros, alumnos y padres de familia.

 

“Si bien se consensa y se admite que es en búsqueda de beneficio educativo, la lógica que ha creado la ley, no permite que se realice en forma no pactada al inicio de la relación laboral correspondiente”, argumentan.

 

El viernes pasado, el Consejo de la Judicatura cerró el plazo para que maestros presentaran los amparos. En total, los juzgados federales de todo el país recibieron cuatro mil 300 demandas suscritas por 200 mil quejosos en contra de las leyes General de Educación; del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, y General del Servicio Profesional Docente.

 

A través de su demanda, que consta de 120 cuartillas, los inconformes evocaron en reiteradas ocasiones la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre la validez de los tratados internacionales firmados por México, que tienen un mismo rango legal que la Constitución.

 

“Es importante apuntalar esta expresión, en atención a que en el caso se violan tratados internacionales, que de ninguna manera colisionan con la Carta Fundamental, por lo que resulta de manera incuestionable que las leyes que ahora se impugnan son contrarias a la Constitución Política y a los tratados internacionales”, dicen en su demanda.

 

También se pronunciaron sobre las reformas en pro de los derechos humanos recientemente publicadas y la nueva Ley de Amparo, recordando los discursos del Estado y el Poder Judicial en pro de las garantías individuales, entre ellos tener un trabajo digno y las condiciones para desarrollarse óptimamente para cada individuo, como ordena la Carta Magna.

 

“De tal manera que el desarrollo del trabajo, es la fuente proveedora del patrimonio de las personas y de esta manera que el ser humano, a través del desarrollo del mismo, está en posibilidades de mantener y desarrollar la vida propia y de la de los seres familiares con los que se tiene vinculo legal y moral”, apelaron los maestros.

 

En su demanda señalan que en el apartado noveno transitorio de la Ley General de Educación se habla de una retroactividad que va en contra de cualquier precepto constitucional con respecto a las nuevas leyes.

 

“Noveno.- Con el propósito de dar cumplimiento a la obligación de garantizar la calidad en la educación obligatoria, en el marco de las disposiciones que regulan el Servicio Profesional Docente, las autoridades educativas federal y locales, adecuarán su normativa de naturaleza laboral y administrativa, debiendo dejar sin efectos la que se oponga o limite el cumplimiento de dicha obligación.

 

Al respecto sentenciaron: “Sirve para puntualizar que se ha emitido una normatividad con efectos retroactivos perjudiciales para los amparistas, de retroactividad y de ausencia de legalidad”.

 

El CJF emitió el Acuerdo General 28/2013 del Pleno para que sean los Juzgados de Distrito Primero, Segundo, Tercero, Sexto y Séptimo, así como los Tribunales Colegiados Primero, Segundo y Tercero del Centro Auxiliar de la Segunda Región con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, los que conozcan del trámite, resolución y, en su caso, ejecución de dichos juicios.

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