Aunque la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) pidió en el informe que entregó a la Procuraduría General de la República (PGR) que se indaguen “de oficio” todos los delitos que cometieron ex servidores públicos en el caso de Florence Cassez, la dependencia federal descartó que se vaya a proceder por ilícitos ya prescritos.

 

Autoridades de la PGR subrayaron a 24 HORAS que se realiza un análisis técnico-ministerial del informe que entregó el ombudsman nacional el pasado 15 de marzo, para verificar en qué términos es posible abrir la averiguación previa correspondiente y las conductas delictivas.

 

Lo que es un hecho, indicaron en la PGR, es que el Ministerio Público no puede proceder en contra de aquellas conductas delictivas que ya pudieron haber prescrito, de acuerdo a lo que establece el artículo 105 del Código Penal Federal respecto al término de vigencia de cada ilícito.

 

Dicho artículo subraya que superado el periodo de prescripción de un delito, el cual se establece de la suma de la pena mínima más la máxima entre dos, no puede imputarse la responsabilidad a quien presuntamente lo hubiera cometido.

 

Este diario publicó en enero que los ilícitos que presuntamente cometieron los ex servidores públicos de la procuraduría en este caso, y que fueron mencionados en el reciente informe de la CNDH, prescribieron en su mayoría entre los 5 y 7 años posteriores a la detención de la francesa, que tuvo lugar en diciembre del 2005.

 

Lo que el Ministerio Público estudia, indicaron en la PGR, es si en este plazo se llevaron a cabo diligencias relacionadas con la averiguación previa 147/DGDCSPI/06, que se abrió en 2006, vinculada con el montaje de la detención de la francesa, y que pudieran mantener vigente alguna de las conductas delictivas.

 

En su informe presentado el 19 de marzo, siete años y tres meses después de ocurridos los hechos, la CNDH estableció que hubo 21 ex servidores públicos que podrían ser responsables de sanciones penales o administrativas, por el caso de la detención irregular y escenificación del caso Cassez.

 

Entre los funcionarios señalados, el de mayor jerarquía es el ex director de la Agencia Federal de Investigaciones (AFI), Genaro García Luna, y el ex director General de Investigación Policial, Luis Cárdenas Palomino.

 

La semana pasada, el procurador Jesús Murillo Karam, subrayó que el referido informe estaba bajo análisis, para verificar si había elementos que permitieran inician una averiguación.

 

Delitos caducados

 

En su informe, la CNDH hizo referencia a posibles violaciones estipuladas en los artículos 214, 215 y 2245 del Código Penal, relacionados con abusos de autoridad, contra la administración de justicia y ejercicio ilegal del servicio público. La mayoría ya prescribió.

 

Por ejemplo, en el artículo 225, la fracción VIII referente a “retardar la administración de justicia”, y la fracción IX que dice “abstenerse injustificadamente de hacer la consignación que corresponda de una persona que se encuentre detenida a su disposición como probable responsable de algún delito, cuando ésta sea procedente conforme a la Constitución”.

 

Ambas conductas ilícitas prescribieron luego de que pasaron cinco años de que fueron cometidos.

 

El retener al detenido sin cumplir lo que marca la Constitución, o alterar el lugar de los hechos, delitos contemplados en los numerales XXX y XXXI del mismo artículo 225, prescribieron apenas en diciembre del año pasado.

 

En tanto, todas las conductas previstas en el artículo 215 sobre abusos de la autoridad prescribieron dentro de los cinco años siguientes en que fueron cometidos, por lo que ya no aplican.