La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó la inmediata libertad de siete personas acusadas de haber participado en la matanza de Acteal, Chiapas ocurrida el 22 de diciembre de 1997, debido a la invalidez de las pruebas en su contra. Aún quedan 28 en prisión.

 

La Primera Sala de la Corte determinó que las pruebas utilizadas para dictar la sentencia de 35 años de prisión a los acusados, no tienen validez pues se consideró que para su obtención se utilizaron medios viciados.

 

Los ministros precisaron que para dictarles la sentencia se tomaron en cuenta pruebas ilícitas, lo que vulneró sus derechos constitucionales al debido proceso.

 

Al resolver los reconocimientos de inocencia, la Sala del Alto Tribunal confirmó la inocencia de los acusados pues en la sentencia que se dictó aparecieron documentos públicos que invalidan las pruebas en que se fundó esta pena.

 

En este caso el Ministerio Público inició una averiguación previa a partir de un reporte de un policía en el que informó que en la comunidad de Acteal, municipio de Chenalhó se encontraban varias personas muertas y con lesiones.